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  • Trasaldo demanda. Domicilio de empresa o real. Dudas.

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 #970874  por martins
 
Se curso intercambio telegrafico y se notifico al empleador a su domicilio laboral, donde tiene sede su empresa. Este respondio, siendo el remitente identico domicilio. Se lo cito a conciliacion al mismo domicilio, se presento y no se llego a un acuerdo. Se inicio demanda, se corrio trasaldo de la misma y el ultimo proveido dice "Dado lo informado por el Oficial Notificador... intímase a la parte actora para que, dentro del plazo de tres días, denuncie el real, actual y correcto domicilio de la demandada...bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda. NOTIFIQUESE.". El expte no lo puede ver, por lo que no se que dijo el of notificador. Consulta: Siempre se respondieron los telegramas y fue a conciliacion habiendose notificado siempre al mismo domicilio, por que proveen esto? Puede ser que exijan notificar al domicilio real? Gracias.-
 #970882  por martins
 
Ok gracias Morgan. Pero siempre se notifico al domicilio laboral y siempre respondio. Si o si debe notificarse al real, aunque pueda notificarse al laboral (siendo este ultimo mas facil incluso)?
 #970884  por MORGAN
 
yo también a veces me tiro el lance y responden, pero si plantean la nulidad de la notificación va todo para atrás. en el caso de que falle el intento, como en el tuyo, tenés que denunciar el real de la sociedad.
 #971003  por andresxeneizes
 
yo entiendo que podes notificarlo al domicilio de trabajo, el 32 de la LO dice que hay que notificar la demanda al real, pero en el caso de las empresas cual es el domicilio real?
el domicilio real tiene que necesariamente ser el domicilio social?
yo entiendo que no, en razon de lo que dice el art 90 inc 4 del cod civil que dice "4° Las compañías que tengan muchos establecimientos o sucursales tienen su domicilio especial en el lugar de dichos establecimientos para sólo la ejecución de las obligaciones allí contraídas por los agentes locales de la sociedad;"
ademas en la practica el domicilio social suele ser donde se encuentran las oficinas administrativas y el real donde la empresa desarrolla sus actividades.
 #971236  por martins
 
Gracias por sus respuesta. Les comento el caso: La demanda es contra una persona fisica y se lo notifica a su domicilio laboral, donde se enviaron todas las notificaciones previas (telegrams, seclo) sin problema. El tema es que ahora para notificar la demanda, el notificador notifico a las 7.05hs! y obviamente no atendio nadie! Si denuncio el domicilio real es muy probable que tampoco se notifique, por que es muy probable que no haya nadie para atender. Por lo tanto, puedo denucniar el real pero solicitar se notifique nuevamente al laboral en un horario razonabe?
 #971282  por martins
 
andresxeneizes escribió:el domicilio laboral que hablamos es donde trabajaba el actor?
o acaso el demandado tambien trabaja en relacion de dependencia ante un tercero?
El demandado es el dueño de una empresa que cuenta con camiones de carga. El trabajador era chofer de camion. El domicilio es la sede de la empresa donde generalemnte no esta el dueño pero siempre hay alguien (seguramente a partir de las 8hs!).