Tengo un caso de un cliente CCT 108 (ATSA) en categoría de técnica con 40 años de antiguedad (todo blanco), la mujer cumplió 60 este año y no se quiere jubilar. A mi cliente le dijeron que si "le paga la insalubridad que nunca le pagó" (no la ví en todo el texto del convenio) "la obliga a jubilarse por exceso de años". Hasta donde tengo entendido la mujer puede optar por trabajar hasta los 65 (que es lo que dijo que iba a hacer si le mandabamos el telegrama intimandola a jubilarse) ¿alguién tuvo un caso similar? gracias.