Mi duda es la siguiente, yo empece con reposo en el embarazo por amenaza de parto prematuro a los 6 meses el medico me lo indico, presentaba los certificados correspondientes en el trabajo y 45 dias antes de la fecha probable de parto me dijeron que empezaba a correr la licencia por maternidad. Yo crei que era asi pero ahora me han dicho que no puede empezar a correr la licencia por maternidad habiendo un certificado medico que indique reposo y que esta deberia empezar a partir del dia del parto. Como es en realidad? Alguien sabe? Porque busco y no encuentro nada. Gracias.
Tengo la misma duda. Mi señora tiene la licencia medica que indica reposo por 4 semanas con fecha 7 de Abril de 2013. La beba nacio el 14 de Mayo de 2013. Y mi duda es cuando debe reintegrarse al trabajo.
Si al tener la licencia Medica desde el 7 de abril esta ya corre en conjunto con la licencia por maternidad y por lo tanto debe reintegrarse el próximo 8 de Julio de 2013.
O si la licencia por maternidad empieza a correr de manera completa a partir de que finaliza la licencia medica, o sea luego de las cuatro semanas de reposo indicadas, el día 7 de Mayo de 2013 (el 6 de Mayo se le terminaron las cuatro semanas de licencia medica), por lo tanto le corresponde reintegrarse el próximo 7 de Agosto de 2013.
Espero se comprenda, Gracias por su ayuda al respecto!!!
Martin