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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #971765  por Dr. Edu
 
Mi cliente empleador es citado a un Seclo por un despido indirecto. El tema es que tiene que llevar los certificados de trabajo, y se me planteo una duda. El es empleador hace 4 meses compro el fondo de comercio, si bien se les respeto la antigüedad en los recibos de sueldo, se le dio la baja en la AFIP el antiguo empleador y mi cliente le dio el alta en el mismo momento. mi duda es que poner en el certificado de trabajo, la hoja membretada de la empresa, le pone la fecha del alta que le dio el o la real?
 #971774  por GU
 
Entiendo que la certificación es por el periodo en el que el figura como empleador.

Salutes!
 #972002  por Dr. Edu
 
GU escribió:Entiendo que la certificación es por el periodo en el que el figura como empleador.

Salutes!
Ok, muchas gracias!
 #972216  por sanjuanino
 
Yo no opino lo mismo.
En la certificación de servicios debe ir la fecha real que tuvo el trabajador en la empresa, máxime en este caso.
En todo caso, hay que discriminar los empleadores si el certificado lo permite (Ni me acuerdo, pero creo que si).
En el certificado de trabajo, si debe extenderlo desde la fecha en que el es empleador