en un tribunal de familia inicie homologacion de un convenio de honorarios para su ejecucion. El primer despacho me fija audiencia de etapa previa (?) con el consejero teniendo q ir mi ex clienta con otro abogado (??). Pido hablar con el q despacho para corroborar sus facultades mentales y me dice que la homologacion pasa por etapa previa, q en todo caso podria haber pedido directamente la ejecucion, q el convenio desde q es firmado tiene poder ejecutorio. Le dije q en la demanda pedi q se cite a reconocer firmar en plazo y bajo apercibimiento y sostuvo lo mismo.
Esta bien esto??
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