Buenas Tardes colegas:
Estoy armando una demanda, solo contra ART por las prestaciones sistemáticas.-
Estoy leyendo mucho, de Internet, doctrina, libros, juris, y creo ir de a poco tratando de entender como seria lo ideal del planteo, aunque hay opiniones de grandes juristas encontradas, por lo que si yo estoy en la duda en normal.-
Como dije reclamo las prestaciones dinerarias del sistema especial, no aplico formula ni voutto ni mendez.-
El accidente fue antes de la nueva ley 26773, que no se abono, el cliente no percibió nada.-
Por lo que en base a su incapacidad reclamo prestaciones dinerarias, art 14 inciso 2 a con actualización de la ley 26773, art 13 ley 24557 y de la nueva ley pido la aplicación del art 3.-
Pido la aplicación del art 17 inciso 6 de la ley 26773.-
Lo que en si quiero corroborar es si los pedidos de inconstitucionales que puse estarían bien.
Pido inconstitucionalidad: Ley 24557 art 6 (listado cerrado de enfermedades), art 14 inciso 2 A el tope solamente, art 21 y 22 y 46.-
de la Ley 26773 pido inconstitucionalidad art 9 por iguales razones que el art 6 ley 24557, y en forma subsidiaria del art 17 inciso 5, ya que pedí la aplicación inmediata del art 17 inciso 6, si no aplican este articulo pido por eso en subsidio.-
Pido inconstitucionalidad decreto 1278/00 y articulo 16 art 1694/09.-
Si bien voy por la ley especial, entiendo que corresponde pedir ciertas inconstitucionalidades, lei que podrian ir otras, pero me parecen ser estas las mas importantes.-
Aguardo comentarios
Saludos cordiales,
Estoy armando una demanda, solo contra ART por las prestaciones sistemáticas.-
Estoy leyendo mucho, de Internet, doctrina, libros, juris, y creo ir de a poco tratando de entender como seria lo ideal del planteo, aunque hay opiniones de grandes juristas encontradas, por lo que si yo estoy en la duda en normal.-
Como dije reclamo las prestaciones dinerarias del sistema especial, no aplico formula ni voutto ni mendez.-
El accidente fue antes de la nueva ley 26773, que no se abono, el cliente no percibió nada.-
Por lo que en base a su incapacidad reclamo prestaciones dinerarias, art 14 inciso 2 a con actualización de la ley 26773, art 13 ley 24557 y de la nueva ley pido la aplicación del art 3.-
Pido la aplicación del art 17 inciso 6 de la ley 26773.-
Lo que en si quiero corroborar es si los pedidos de inconstitucionales que puse estarían bien.
Pido inconstitucionalidad: Ley 24557 art 6 (listado cerrado de enfermedades), art 14 inciso 2 A el tope solamente, art 21 y 22 y 46.-
de la Ley 26773 pido inconstitucionalidad art 9 por iguales razones que el art 6 ley 24557, y en forma subsidiaria del art 17 inciso 5, ya que pedí la aplicación inmediata del art 17 inciso 6, si no aplican este articulo pido por eso en subsidio.-
Pido inconstitucionalidad decreto 1278/00 y articulo 16 art 1694/09.-
Si bien voy por la ley especial, entiendo que corresponde pedir ciertas inconstitucionalidades, lei que podrian ir otras, pero me parecen ser estas las mas importantes.-
Aguardo comentarios
Saludos cordiales,