diegoignacio escribió:mire hay varias cosas a analizar, primero si la ART le dio el alta y ud esta en discrepancia puede acudir a la superintendencia de seguros que tienen un procedimiento especifico. tambien hay que ver si quedo alguna incapacidad y si esta le fue abonada, pero si hubo un mal tratamiento el tema cambia y corresponde la justicia laboral
Hola diegoingacio, te cuento, mi cliente firmo el alta en disconformidad y ya fuimos a seclo y cerramos sin acuerdo. No quiero ir a comisiones médicas porque mi cliente ya se operó por su obra social - tenía un cuadro degenerativo en el meñosco y se estaba agravando -( no obstante ello la ART le dio el alta con incapacidad del 12% y con indicacion de reromar tareas, mi médico legista estimo 35%) ya se operó y esta mejorando por lo que ir a comisiones médicas sería solo para discutir el grado de incapacidad y ya sabemos como son en comisiones ... Además de ser inconstitucionales.
La duda es como encuadrar en fuero laboral, la responsabilidad civil de la ART, porque su conducta no tuvo nada que ver con la produccion del accidente - no incumplo normas de seguridad y prevención como para invocar el art 1074 c civ ( mi cliente se cayo en la vía pública mientras estaba haciendo encuestas en su trabajo ) pero si tuvo que ver con el mal tratamiento recibido, ya que género que el daño se agravé y se extienda en el tiempo inútilmente. Por lo que leí si alegas mal tratamiento, lo interpretan como acción por mala praxis y lo mandan a fuero civil y eso es lo qe quiero evitar. Por eso pensaba pedir en subsidio la indemnización sistemica con las mejoras de la nueva ley .
Alguien que me Oriente o de su opinión? Mil Gracias colegas