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  • SILENCIO DE LA ASEGURADORA

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 #961795  por DraJulia
 
Estimados, me cayó un caso en donde producido un accidente (incendio) la Aseguradora no se pronunció nunca al respecto de su rechazo o admisión.
El siniestro sucedió en junio del 2009.
Si bien el plazo establecido en la L.S. se encuentra palmariamente agotado, vi que la jurispruencia se encuentra dividida respecto a la aplicacion del plazo trienal consegrado en la ley de defensa del consumidor.
Mi clienta denunció el siniestro en tiempo y forma; pero jamás recibió respuesta por parte de la aseguradora. Ahora 3 años después, (y prescripto) me consulta sobre la viabilidad de efectuar un nuevo reclamo a la aseguradora.
A todo esto, no resulta menor el hecho de que en el 2010 hubo varias mediaciones, las cuales cerraron SIN acuerdo por el escaso monto ofrecido por la aseguradora.
También ví jurisprudencia relacionada con que el plazo de prescripción de un año de la L.S. empieza a contarse desde que la aseguradora se pronuncia rechazando el siniestro. No hay rechazo expreso de la compañia.
Me aconsejan que intime a la misma via cd a que se pronuncie al respecto?
Agradeceré las opiniones de los colegas.
Saludos y buen viernes!
 #973272  por DraJulia
 
abogado1999 escribió:
DraJulia escribió: Me aconsejan que intime a la misma via cd a que se pronuncie al respecto?
Agradeceré las opiniones de los colegas.
¿CUANDO VA A INGRESAR A AYUDAR A ALGUIEN? ¿CUANDO VA A INGRESAR A AYUDAR Y NO A HACER PREGUNTAS? LA COSA ASÍ NO FUNCIONA.

EPA! Espero no haberlo incomodado, ni haberlo ofendido.
Precisamente, este es un foro; para hacer preguntas, verdad? O me equivoco acaso?
Cómo se mide la "voluntad" de ayuda? Se mide por la cantidad de mensajes publicados? Se mide, acaso por la cantidad de post efectuados? Se mide con qué vara?
Espero no haberlo importunado con mi seguidilla de preguntas.
 #973309  por profesional
 
No sé que necesitás reclamar pero tengo entendido que por resp civil extracontractual son 2 años. Miraría si se interrumpió la prescripción con las CD y la mediación. Además hay que ver si solo reclamar daños materiales o tm personales.
Consejito: si no lo ves viable no lo agarres, es culpa de tu clienta el no reclamar a tiempo y dormirse en los laureles. Desp de todo ya hizo mediación y no quiso arreglar en ese entonces. Quizá ahora le ofrezcan mucho menos que en ese entonces. Explicale que no corren intereses por su negligencia!!!
 #973562  por DraJulia
 
profesional escribió:No sé que necesitás reclamar pero tengo entendido que por resp civil extracontractual son 2 años. Miraría si se interrumpió la prescripción con las CD y la mediación. Además hay que ver si solo reclamar daños materiales o tm personales.
Consejito: si no lo ves viable no lo agarres, es culpa de tu clienta el no reclamar a tiempo y dormirse en los laureles. Desp de todo ya hizo mediación y no quiso arreglar en ese entonces. Quizá ahora le ofrezcan mucho menos que en ese entonces. Explicale que no corren intereses por su negligencia!!!
Profesional, muchísimas gracias por tu opinión, la cual me resulta muy útil.
La realidad que toda la culpa la tiene el cliente, que dejó pasar tanto tiempo, atento a no querer pagar a un abogado.
Envié cd a la compañia, la cual me respondió que "se encontraría prescripto" -con verbo potencial-
Estoy insistiendo ahora, porque en teoría, no hubo rechazo ni aceptación del siniestro, y ya pasaron algunos años.
Muchas gracias de nuevo por la predisposición.
Saludos, y a disposición.