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  • CEsion de derecho - duda

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 #96463  por Iris
 
Hola a todos les hago una pregunta.
Para hacer una cesión de derechos hereditarios, el escribano pide un estado parcelario o es solo en la compraventa? yo entiendo que no, pero quiero sacarme la duda.
gracias
Iris

 #96468  por Iris
 
Les comento un poco mas como es el tema.

Es una casa ocupada, una persona esta interesada en comprarla, pero los herederos son demasiados y hasta hay uno medio insano en el medio (11 en total) por lo cual opte por iniciar la sucesión y con la declaratoria de herederos, ir con quienes esten presentados ante un escribano a realizar la cesión.

Yo creo que de esta manera no habría problemas. ¿A ustedes les parece que esta bien o se les ocurre una mejor opción?

Gracias
Iris

 #96668  por vic
 
para hacer la cesion no te piden el estado parcelario.

 #96696  por Iris
 
Gracias Vic.
En el tema de la cesión sólo con los declarados herederos alguien ve algun inconveniente?

Saludos
Iris

 #97328  por COLUMBO
 
No estoy seguro que haga falta la declaratoria para la cesiòn de derechos.
Salvo que el que compra los derechos quiera estar seguro que los que dicen ser herederos lo son.
Pero, no se si estoy en lo correcto....

 #97331  por Ishtar
 
Hola, teniendo la declaratoria de herederos, mi opinión es que pueden venderle directamente al que quiere adquirir la propiedad (tracto abreviado), no entiendo porque hacer una cesión... :roll:

 #97391  por Natalia Huerta
 
Buenas Iris:

Podes hacer la cesiòn sin necesidad de que este dictada la declaratoria, presentala en el expediente y cuando tengas que pedir el auto de inscripción, ahi si deberas, previamente, mandar a confeccionar la cédula catastral.
No te olvides de pedir que se inscriba la declaratoria conjuntamente con la cesión.

Saludos

 #97396  por MORGAN
 
Claro no hace falta nada, el escribano solo da fé de lo que manifiestan las partes no de que exista tal o cual bien o derecho.