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  • ACUERDO EN EJECUTIVO

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 #974159  por sog
 
En un juicio ejecutivo que tramita en capital, con sentencia encontra de mi cliente, llegamos a un acuerdo, pero no me convence la forma en que la actora pretende implementarlo.
Contra pago en efectivo, otorgar carta de pago en la cual además de decir que nada más se debe en ningún concepto, la actora solicita el levantamiento del embargo dictado en autos, todo ello sin especificar el monto del acuerdo. Siendo el monto del acuerdo superior a $ 1.000.- no debería implementarse mediante cheque para que sea válido?
Que otro recaudo debo tomar para no encontrarme con sorpresas futuras?
 #974178  por andresxeneizes
 
entiendo que puede pagarse en efectivo, y que con la carta de pago y solicitud para levantar la medida cautelar tenes todo lo necesario para cerrar el juicio sin posibilidad de reabrirlo
 #974304  por sog
 
Aún cuando la carta de pago no especifique ningún monto?
 #974322  por andresxeneizes
 
se suele hacer asi sin monto, diciendo que nada mas se debe.
pregunto el monto reclamado de capital inicial en la demanda, es mayor o menor al del arreglo?
 #974344  por amg
 
Hubo muchas liquidaciones, lo abonado supero ampliamente el monto de inicio.
 #974506  por andresxeneizes
 
si pones el monto del arreglo, probablemente el juzgado intime a poner la diferencia de tasa de justicia que hay, estan muy hincha bolas con la tasa