Nulidad
Última edición por nelson_arg el Sab, 16 Feb 2008, 11:37, editado 1 vez en total.
Pato272727 escribió:después de dos años queda obligado de por vida, y hay que considerar que es un caso que el abogado va a querer estudiar durante no menos de seis meses. hasta la sentencia que determinte un desplazamiento queda obligado como cualquier otro padre.Hola... y q es lo q me conviene? si digo q hice el reconocimiento sabiendo q no era el padre... tengo chances de impugnar la paternidad? o tendria q decir q la reconoci porq creia q era el padre y bueno ahoro tengo dudas acerca de esa paternidad y quiero impugnarla.... la verdad esta situacion me tiene muy mal...
sabri79 escribió:yo estoy llevando un caso similar pero el problema es que mi cliente reconocio al hijo de su señora en el año 92 y ahora quiera sacarle el apelldio. Habia pensado una impugnacion de filiacion pero el plazo no me da... asi que ahora no se que hacerHola... yo estoy todavia dentro del plazo legal... tengo chaces si inicio la demanda? deberia decirles a los abuelos (supuestos) de la bb q yo la reconoci... ellos el tiempo q convivi con ella la iban a ver... al padre nunk lo vi pero se q existe...
Nany-07 escribió:Este me recuerda a un interesante caso que tuve cuando estuve cursando mi practico...Gracias Nany... lo mismo me dijo mi abogada.. tambien como decis vos, hay q inventar un excusa de q me entere o me dijeron q no era mi hija y q ahora tenia dudas sobre mi paternidad... y solicitar un ADN.. ella no quiere q esta situacion llegue a tribunales... Ademas quiere q lleguemos a un acuerdo para q le pase dinero.. y yo me negue.. si queria el dinero va a ser atraves de un jucio por alimentos.. y el dije q lo iniciara si queria...me lo descontaran de mi sueldo.. asi no vuelva a verle mas cara... mucho me jodio la vida esta chica... hasta me robo dinero.. q segun ella era para hacerce un aborto... porq no queria tener un hijo mio.. se quedo con muebles q compre... ya q convivi dos meses con ella en su casa... y no me los quiere devolver..
Nelson, para una nulidad tenés que recurrir a un vicio de la voluntad en el acto de reconocimiento: en este caso, como planteás, podría ser un error, pero, tené en cuenta que vas a tener que dejarlo perfectamente probado en el juicio.
Todo esto va a depender del tiempo en que conociste a la madre, obviamente si se demuestra que la criatura ya había nacido o que ya estaba embarazada cuando comenzaron la relación, o que claramente sabías que la nena no era tuya... lamentablemente no podés pedir la nulidad.
En nuestro caso la defensora de menores, que obviamente va a intervenir, tuvo una postura bastante rígida, diciendo que el reconocimeinto se trataba de un acto juridico y que no puede andar reconociendo hijos para después desconocer esa paternidad, el nene en cuestión ya tenía 5 años cuando pudimos avanzar bastante en la causa, y el tema de la identidad que ya tenía establecida jugaba muy fuerte, al siguiente año empezaba la escuela y el apellido era todo un tema a tener en cuenta.
Inclusive se presentaron exámenes de ADN que demostraban la falta de vínculo biológico, pero como la demanda se encaró como una nulidad... había que sí o sí demostrar el error en que cayó el "padre" al momento de efectivizar el reconocimiento.
Presentamos testigos, lo fundamental es demostrar que cuando conociste a la madre no estaba embarazada, o no tenía un embarazo "visible" y que al poco tiempo de comenzada la relación te dió la noticia del bebé... que a todos presentaste ese hijo como propio y que le diste el trato de tal hasta que te enteraste de la verdad... e inventar una excusa de cómo te enteraste.
Por supuesto que no vas a tener mucha colaboración de parte de la madre, sobre todo si te está apretando con el tema econócimico. Por el momento no me parece mal que lo que cobres por asignación familiar etc. se lo des, porque en todo caso es algo que se te paga para la beba, que la madre le de otro destino es problema suyo, pero no te quedes con lo que no te corresponde.