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  • Ejecutivo. Embargo. Excepciones

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 #974675  por azrael132333
 
Estimados: quisiera confirmar con ustedes si lo que estoy por plantear es correcto, en principio dado que debo ir a ver el expediente aun.
Me llega un juicio ejecutivo, deuda por tarjeta de credito, año 1999, no hubo prescripcion, parte demandada, capital federal, con un embargo que le llego al empleador del demandado (fecha de ayer).8empezo hace poco a trabajar en blanco.
Mi cliente dice que la firma del vaucher no es de el, que en esa epoca le robaron el dni y tuvo varios de estos inconvenientes.
Entonces, una vez finalizada la feria tendria 5 dias para oponer excepciones? En este caso falsedad de titulo.
No vi aun el oficio de embargo, pero supongo que vendra con la intimacion de pago. Es mi primer ejecutivo.
El monto son $15000, cuanto deberia cobrarle?
Bueno..desde ya, mil gracias!
 #974692  por ebarreyro
 
Se va a tener que basar en la ley de defensa del consumidor y de tarjetas de crédito.
En puridad, en este caso, no deberían ser admisibles las excepciones. La causa no se puede tratar en los ejecutivos. Lo que debió hacer su cliente, es impugnar el resumen en tiempo y forma, porque el título ejecutivo no sale de la nada.
Lo que me resulta extraño es el tiempo transcurrido hasta que enviaron la intimación de pago.
 #974719  por azrael132333
 
Hola! Gracias por responder!
Parece, por lo poco q puedo ver en la web, hasta despues de la feria, q le notificaron la intimacion de pago hace unos años en una cedula "bajo responsabilidad de la parte actora"
En q me cambiaria ir por la ley de defensa del consumidor? Disculpa la pregunta.
Por otro lado si demuestro q ese domicilio no era de el, podria presentar la excepcion verdad?
Desde ya gracias
 #974744  por azrael132333
 
Gracias Andres!
A ver si es correcto lo q saco en limpio
1) Podria verificar el tema de la notificacion, si es factible solicitar la nulidad de la misma.
2) En caso de no poder solicitar la nulidad, y dado q ya le embargaron el sueldo, como debo hacer para q mi cliente le pague directamente a la empresa ejecutante. Arreglo con los abogados de la otra parte?
3) Si hago un arreglo de pago, esto me perjudica en el ordinario posterior? Dado q el titulo tiene una firma q NO es de mi cliente.
Gracias por todo!
 #974746  por andresxeneizes
 
1) Podria verificar el tema de la notificacion, si es factible solicitar la nulidad de la misma.
2) En caso de no poder solicitar la nulidad, y dado q ya le embargaron el sueldo, como debo hacer para q mi cliente le pague directamente a la empresa ejecutante. Arreglo con los abogados de la otra parte?
3) Si hago un arreglo de pago, esto me perjudica en el ordinario posterior? Dado q el titulo tiene una firma q NO es de mi cliente.
Gracias por todo!
1) si la notificaron a un domicilio donde no vivia, ni era el informado por camara electoral, ni lo constituyo en ningun documento, si podrias pedir la nulidad
2 y 3) yo creo que si hace un arreglo no puede hacer el ordinario posterior ya que en el mismo van a poner que nada mas hay que reclamar por este hecho, lo que podria hacer es depositar lo que falte en el expediente o quiza si la suma es muy grande le conviene a los fines practicos seguir con el embargo que es solo un porcentaje del suelo.
sin perjuicio de todo eso, a la vez anda pidiendo la mediacion para iniciar el ordinario posterior