Chicos ahora no solo que no se puede iniciar una jubilacion en otro domicilio que no sea en el del beneficiario sino que en anses las jubilaciones ya iniciadas que no las pagaron,las pagaran en el domicilio del beneficiario y no en el del apoderado.....es asi en todo el pais????mucha gente no hizo cambio de domicilio en el adp y va a cobrar donde vivia antes!!!! esto es cualquier cosa!!!
caro J. escribió:Chicos ahora no solo que no se puede iniciar una jubilacion en otro domicilio que no sea en el del beneficiario sino que en anses las jubilaciones ya iniciadas que no las pagaron,las pagaran en el domicilio del beneficiario y no en el del apoderado.....es asi en todo el pais????mucha gente no hizo cambio de domicilio en el adp y va a cobrar donde vivia antes!!!! esto es cualquier cosa!!!Es absolutamente asi, ya tengo varias con esa misma tematica.
Segun me dijeron en ANSES hay que poner el codigo de banco y sucursal en el 6.18 y ademas presentar un pedido solicitando se abone en determinado banco, como cuando se pide el cambio de sucursal para el pago.