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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #974742  por carpediem777
 
Buenas tardes colegas, quisiera que alguien me oriente porque sinceramente hago agua con ésto...
Relato sencillo y breve: una mujer trabaja contratada por el municipio ( Quilmes ), de radióloga, contrato de seis meses que finaliza en diciembre de éste año. Queda embarazada, notifica, se toma la licencia y, debería en principio reincorporase el lunes, y aquí el conflicto...le avisan por teléfono que no se presente a trabajar porque le dieron de baja...que todavía no se firmó el "decreto" pero que ni bien se firme se quedaba sin trabajo y que podía pasar a cobrar lo que le correspondia del mes, proporcionales etc...obviamente sin ningún tipo de causa...
Sé que no se aplica en éste caso la LCT, por lo cual estimo que se aplica la 11.757 (estatuto del empleado municipal)
Le corresponde algún tipo de indemnización?? inlfuye el estar embarazada?? le conviene presentarse a trabajar y ante la negativa enviar telegrama??? según el estatuto entiendo que si no son de planta permanente los pueden "despedir" cuando quieran sin indemnización... S.O.S.
 #974748  por andresxeneizes
 
si la contrataron solo por 6 meses y no la vuelven a recontratar podria entenderse que solamente la contrataron de manera temporaria, lo cual esta permitido tanto del empleo publico como en el privado, el fraude se da cuando hay sucesivas contrataciones y por ende el espiritu del contrato es falso ya que la realidad es que no es un trabajador temporario, sino permanente.
Asi como esta relatado para mi, primero a priori esta dentro de la ley lo que hizo el municipio, segundo me parece que por los montos ni vale la pena que te embarques en un juicio tan tedioso contra el municipio ,
Te debo el tema de que ley se aplica, en el estado nacional se aplica la 25164 pero no se en los municipios, y por ende al no saber la ley, tampoco que dice la misma en cuanto a la situacion de embarazo.