estimados colegas, necesito ayuda en un caso que llego a mi conocimiento, un trabajador en blanco cumple funciones en una empresa agropecuaria en calidad de encargado, el mismo trabajaba mas de 8 hs ante lo cual un día luego de ciertas desavenencias con el patrón , mi cliente le dice que el se va a limitar a trabajar las 8 hs por ley, ante lo cual el patrón le contesta que no le sirve(como se tratara de un objeto) , a partir de ahí el empleador no le asigna tareas a mi cliente, es decir que el mismo concurre a la empresa pero solo espera que pase el tiempo, ante ello le remitimos telegrama obrero intimando asignación de tareas bajo apercibimiento, ante ello la patronal contesta , negando no haber dado tarea y sobre todo ( y lo mas llamativo)la patronal expresa también que mi cliente incurrió en falta de respeto a su superior, negativa a realizar las tareas, llegadas tarde etc,y que procedería a suspender a mi cliente según lo sostiene el art 57 y 58 de la ley 22248 , cabe decir que en dichos art no esta contemplado la suspensión mencionada, ni siquiera en la ley por lo que pude ver, ante lo cual y la duda es , debo remitir telegrama obrero negando esto ultimo y ademas darse por despedido sin justa causa atento al apercibimiento ? y por ultimo y lo que mas dudas tengo es en cuanto a la prueba en el juicio respecto a los hechos mencionados, basta con testigos que no sean compañeros de trabajo? alguna recomendación?, gracias!!!