Estimados colegas necesito ayuda en el siguiente tema: Un cliente me trajo un inmueble de su padre para usucapir, más de cuarenta años de posesión pacífica e ininterrumpida. Tengo todos los comprobantes de pago. El tema es que el inmueble está en Capital Federal y el titular (el padre) está muy grave en Salta donde tiene su actual domicilio. Si esta persona muere, en medio del proceso la sucesión lo va a atraer a Salta, puedo hacer una cesión de derechos posesorios a los hijos y que ellos inicien la usucapión? Cómo debería proceder?? Muchas gracias!!
Si esta persona muere, en medio del proceso la sucesión lo va a atraer a Salta,esto me parece que no es asi, el supuesto de esta accion entiendo que no esta dentro del art 3284 del cod civ, por ende entiendo que si lo inicias en capital lo vas a poder seguir en capital si fallece, ello sin perjuicio que deberan iniciar la sucesion, designar un administrador en la misma para que este continue con el tramite del juicio en capital
