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  • APELACIÓN PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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 #975265  por Marielgu
 
Estaba necesitando ayuda en cuanto al proceso de apelación en provincia de buenos aires. Específicamente tengo que apelar una sentencia que rechaza el desalojo. Iba a plantearlo en los términos del art. 242 y 245 del CPCC, pero me entró la duda con el recurso de inaplicabilidad de la ley.

La otra duda que me surgió es el art. 252 en cuanto al pago de impuesto, Hay que abonarlo para apelar? Yo tengo concedido un BLSG.

Espero que me puedan ayudar. Saludos
 #975313  por mariferzara
 
Estás apelando sentencia de primera instancia? Si es asi simplemente apelás la sentencia en escrito dentro de los cinco dias de notificado.- Cuando te lo concedan, por ser trámite sumario, tenés que fundarlo cuando suba a la Camara.- SDS
 #975323  por Marielgu
 
Ah perfecto.
Expreso agravios en cámara. Otra consulta, la notificación de que están los autos para expresar agravios dice que se notifica "personalmente o por cédula". Esto significa que no puedo quedar notificado por nota? Pregunto para ver si tengo que dejar en cámara.