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  • EMPLEADOR NO RETIRA TELEGRAMA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #973466  por bogaolavarria
 
Buenas tardes colegas: Necesito una guia en este tema:
empleado de la construccion, totalmente sin registracion, envie primer telegrama intimando por varios rubros y el empleador lo retiro del correo, al hacer envio del 2º telegrama ante el silencio del empleador, considerandose despedido, no lo retira del correo.
Que hago en este caso??? no lo retira porque sabe que es del mismo empleado.
Puedo iniciar demanda sin estardebidamente notificado notificado el empleador ??
agradeceria mucho sus opiniones y experiencia!!!!
desde ya gracias
 #973631  por bogaolavarria
 
gracias Barbie Turica por tu respuesta, el empleador no respondio al 1º telegrama enviado por el empleado, solo lo retiro del correo, en cuanto al 2º telegrama ni siquiera lo retira, por ello mi pregunta si igual puedo demandar cuando el empleador no esta notificado de que el empleado se da por despedido
 #973721  por agentil
 
bogaolavarria escribió:gracias Barbie Turica por tu respuesta, el empleador no respondio al 1º telegrama enviado por el empleado, solo lo retiro del correo, en cuanto al 2º telegrama ni siquiera lo retira, por ello mi pregunta si igual puedo demandar cuando el empleador no esta notificado de que el empleado se da por despedido
Es una carga de él retirarlo del correo. Si no lo retira es su problema pero está notificado igual. Siempre que sea el correcto domicilio, ojo.

saludos!!
 #973760  por andresxeneizes
 
bogaolavarria escribió:gracias Barbie Turica por tu respuesta, el empleador no respondio al 1º telegrama enviado por el empleado, solo lo retiro del correo, en cuanto al 2º telegrama ni siquiera lo retira, por ello mi pregunta si igual puedo demandar cuando el empleador no esta notificado de que el empleado se da por despedido
como te dijo el colega si esta bien mandado, inicia el seclo y no te olvides en 30 dias mandar el telegrama pidiendo los certificados tal cual lo ordena el dec 146/01
 #974852  por Natalia2012
 
Colegas, tengo un caso parecido....es en un taller de costura...el 1° telegrama lo recibio, no contesto....el 2° telegrama lo RECHAZO, entocnes inicie Seclo y me dijeron q esta suspendienda la audiencia ya QUE FUE RECHAZADA. Solicitamos nueva notificacion bajo responsabilidad. Y ahora mi cliente me dice que ex compañeros de trabajo le informaron que ese taller cerró, se mudaron no saben a donde....
Ustedes opinan que siga adelante con el seclo y luego demanda?
Tengo algun inconveniente si al momento que Seclo fue a notificar ellos ya habian cerrado el taller?

Mil gracias por sus aportes!!
 #974877  por eltam88
 
NO LITIGO EN CAPITAL, LO QUE TENÉS QUE HACER ES AVERIGÜAR DONDE SE DOMICILIA EL EX EMPLEADOR. DE ÚLTIMA OFICIA AL REGISTRO CIVIL.
 #974888  por andresxeneizes
 
Ustedes opinan que siga adelante con el seclo y luego demanda?
yo seguiria con el seclo y pediria la not bajo resp, ya que sino te para todo este hecho que es ajeno a tu cliente, en el medio si se puede intentaria averiguar el nuevo domicilio, si es una personas juridica con informe a igj y si es una persona fisica con informe a camara electoral
Tengo algun inconveniente si al momento que Seclo fue a notificar ellos ya habian cerrado el taller?
no creo, primero porque el que se notifique mal en seclo no impide seguir adelante con la demanda, es decir no creo que retrotraigan las etapas en un juicio y segundo por que vos tenes a tu favor que notificaste en el domicilio laboral y tendran ellos que demostrar que alli no era mas el mismo.
lo que si como te decia antes averigua el domicilio, porque si bien no creo que te retrotraigan las etapas al seclo, si notificas la demanda al taller y no es el domicilio la nulidad de esa notificacion va a caminar.
en la averiguacion puede pasar dos cosas 1) que la empresa o persona tengan el mismo domicilio en los registros y ahi salvo que consigas la nueva direccion del taller estas encerrado a notificar alli, y sera valido ya que es el domicilio que informan los registros
2) que la empresa o persona tengan distinto domicilio, y ahi podrias manifestar que el cambio se debe al cierre del taller que estan vaciando la empresa y pedir una cautelar
 #974991  por Natalia2012
 
andresxeneizes escribió:
Ustedes opinan que siga adelante con el seclo y luego demanda?
yo seguiria con el seclo y pediria la not bajo resp, ya que sino te para todo este hecho que es ajeno a tu cliente, en el medio si se puede intentaria averiguar el nuevo domicilio, si es una personas juridica con informe a igj y si es una persona fisica con informe a camara electoral
Tengo algun inconveniente si al momento que Seclo fue a notificar ellos ya habian cerrado el taller?
no creo, primero porque el que se notifique mal en seclo no impide seguir adelante con la demanda, es decir no creo que retrotraigan las etapas en un juicio y segundo por que vos tenes a tu favor que notificaste en el domicilio laboral y tendran ellos que demostrar que alli no era mas el mismo.
lo que si como te decia antes averigua el domicilio, porque si bien no creo que te retrotraigan las etapas al seclo, si notificas la demanda al taller y no es el domicilio la nulidad de esa notificacion va a caminar.
en la averiguacion puede pasar dos cosas 1) que la empresa o persona tengan el mismo domicilio en los registros y ahi salvo que consigas la nueva direccion del taller estas encerrado a notificar alli, y sera valido ya que es el domicilio que informan los registros
2) que la empresa o persona tengan distinto domicilio, y ahi podrias manifestar que el cambio se debe al cierre del taller que estan vaciando la empresa y pedir una cautelar
Muchas gracias, siempre tan claro en tus ejemplos!...voy a seguir en con el Seclo entocnes, y llegado el caso de que no asistan. inicio demanda pero antes corroboro en la IGJ si no cambiaron de domicilio....
Igualmente creo que me sirve de prueba tambien ya que en ese mismo taller cerre seclo con una empleada y llegamos a un acuerdo de pago, eso me sirve de prueba para la futura demanda?
 #974994  por andresxeneizes
 
Igualmente creo que me sirve de prueba tambien ya que en ese mismo taller cerre seclo con una empleada y llegamos a un acuerdo de pago, eso me sirve de prueba para la futura demanda?
prueba para demostrar que? vos decis para probar que todavia sigue siendo el domicilio de la empresa?
 #975456  por eltam88
 
Si niegan la relación laboral la probás con testigos o con los medios que te da el CODIGO PROCESAL, gralmente testigos es elemental y confesional por si no se presenta.
 #975490  por andresxeneizes
 
te la van a negar, eso siempre es asi, en nada cambia ello si tuviera el domicilio en el mismo lugar o lo cambian, como dice etam vos vas a probar la relacion mediante testigos o la confesional para el caso que no vayan a la audiencia
 #976653  por bogaolavarria
 
andresxeneizes escribió:
bogaolavarria escribió:gracias Barbie Turica por tu respuesta, el empleador no respondio al 1º telegrama enviado por el empleado, solo lo retiro del correo, en cuanto al 2º telegrama ni siquiera lo retira, por ello mi pregunta si igual puedo demandar cuando el empleador no esta notificado de que el empleado se da por despedido
como te dijo el colega si esta bien mandado, inicia el seclo y no te olvides en 30 dias mandar el telegrama pidiendo los certificados tal cual lo ordena el dec 146/01
Para todos los que me contestaron mil gracias, solo me queda esta duda que planteo andresxeneizes de enviar telegrama intimando por los certificados del dec 146/01.
Mi cliente estaba por convenio de uocra por lo tanto no le corresponde la aplicacion de lct, igualmente debo reclamarle los certificados????
mil gracias a todos los que puedan ayudarme saludos
 #976664  por andresxeneizes
 
la lct se aplica siempre, si esta por un convenio la unica diferencia es que para las cosas que regule el convenio se aplica el convenio y para las que no regule se aplica la lct, por ende entiendo que si debes mandar el telegrama por los certificados