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 #975816  por maesap
 
Hola colegas, buen dia. Tengo un cliente que tiene un comercio y mediante las camaras de seguridad pudo constatar que un empleado le ha estado robando mercaderia. Decidimos aplicarle una suspension, para lo cual le estoy armando la CD.
La duda me surge respecto la registracion de la medida.... donde la registro? el comercio tiene un sistema de hojas moviles.... quisiera registrarla bien como se debe para que en el futuro me sirva ante un eventual despido con causa.

A su vez aprovecho la oprtunidad para consultarles sobre como dejarian uds probado que los trabajadores tienen conocimiento de las camaras de seguridad.

Aguardo sus comentarios y gracias!
 #975822  por ccolalongo
 
En el recibo de sueldo consingas "Suspension disciplinaria" los días y restando. Para las cámaras llama a un escribano que los notifique en el lugar que les muestre que las cámaras no invaden baños ni vestuarios y por las dudas llama al delegado gremial que te firme el acta como testigo, después registrala en el Ministerio de Trabajo más cercano. Así hago siempre acá y me sirvió, en un juicio hasta la pericia de Gendarmería no paré y me dieron todo por válido.
 #975828  por maesap
 
Gracias por la respuesta!! entonces con consignar la sancion en el recibo basta? no hay que anotarla en algun libro o legajo?