Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Jubilación en la Carss, puedo pensionarla?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #975666  por alcirana
 
Buenas tardes colegas, les consulto porque no recuerdo cómo correrían los plazos y las retroactividades. Tengo una clienta que me trae un trámite de pensión pero tiene una jubilación con sdm que está siendo revisado por la Carss. Me pregunto cómo resultaría todo si tramito la pensión de su marido fallecido pero luego la jubilación sale denegada...
Les agradecería alguna opinión.
 #975667  por noelin
 
POR AHORA NO TIENE NINGUN BENEFICIO. HAY UNOS DICTAMENES 35432 Y 37752 DE LA GAJ, Q SON MUY CLAROS EN CUANTO A LOS CASOS POSIBLES.
 #975761  por zaffaroni
 
alcirana escribió:Buenas tardes colegas, les consulto porque no recuerdo cómo correrían los plazos y las retroactividades. Tengo una clienta que me trae un trámite de pensión pero tiene una jubilación con sdm que está siendo revisado por la Carss. Me pregunto cómo resultaría todo si tramito la pensión de su marido fallecido pero luego la jubilación sale denegada...
Les agradecería alguna opinión.
:?: :?: :?: la bola de cristal no la tenemos. la carss viene denegando todo asi que lo mas probable es que la jubilacion le venga denegada
 #975782  por diegomdp
 
si la carss revoca no hay problema que hayas tramitado la pension porque el inicio es anterior, el tema es si la carss deniega y necesitas hacer reapertura ahi te vana pedir que pagues de contado.

y ya que sos de mdp y te gusta presentar en sur, por lo que vi se cansaron de las citaciones, entonces por orden de A.L consensuado con G.E estan buscando la quinta pata al gato para denegar todo el sdm, viste que con los k cuando la jefa regional y el coordinador de legales de la regional son k recalcitrantes puestos por su amigo el vicepresi y millonarios se cagan en los derechos de los mas debiles, asi que no se sorprendan cuando empiecen a ver tramites de sdm denegados en la sur, y hasta por las razones mas insolitas, lo unico que espero es que la vuelquen en el dictamen de legales y en la resolcion denegatoria el motivo, porque son machitos para buscar en el sipa si en el periodo trabajado la empleadora tuvo aportes para ver si ellos consideran que tenia capacidad contributiva para tener un sdm entre tantas pavadas que estan inventando pero despues nadie lo quiere poner por escrito porque saben que es ilegal y no quieren quedar pegados.

en fin se vino otra apretada en sdm por suerte todavia quedan empleados no k que no ceden a las presiones de los impresentables k que ocupan los cargos de decision
 #975847  por MATANGA19
 
Yo esperaria a que salga la jub.(mas si es servicio domestico) y despues meteria la pension. Trata de insistir en la carss para que despachen rapido asi no perdes el retroacitvo de la pensión. Pero no arriesgaría a iniciar la pension sin antes tener acordado el beneficio
 #976032  por noelin
 
DICTAMEN 35432


estas son las 8 situaciones donde rige la excepcionalidad de la GP70/06

1) Titular PBU c/moratoria solicitada c/anterioridad a Pensión Derivada (a pesar de que el fallecimiento se produjo antes de de la solicitud de PBU): Rige prioridad de solicitud PBU (a ese momento no gozaba de ningún beneficio) y no de adquisición de derecho a la PeDe. Aplica GAJ35432.

2) Titular PBU c/moratoria solicita Pensión Directa c/moratoria de cónyuge fallecido con anterioridad a la R.884: Aplica excepción del punto g) GP70/06.

3) Titular PBU c/moratoria solicita Pensión Derivada de PBU c/moratoria de cónyuge fallecido con posterioridad a la R.884: Aplica GAJ35432.

4) Titular PBU solicita Pensión Derivada de PBU c/moratoria de cónyuge fallecido con posterioridad a la R.884: Aplica GAJ35432.

5) Titular PBU solicita Pensión sobre solicitud de PBU c/moratoria (trámite NO resuelto) de cónyuge fallecido con posterioridad a la R.884: Aplica GAJ35432.

6) Titular PBU solicita Pensión sobre SICAM efectuado sin formalizarse la solicitud de PBU c/moratoria de cónyuge fallecido con posterioridad a la R.884: R.884 no establece impedimentos p/pensiones c/moratoria. Fallecimiento es un hecho fortuito.

7) Solicitante PBU c/moratoria (trámite NO resuelto) solicita pensión sobre solicitud de PBU c/moratoria (trámite tampoco resuelto) de cónyuge fallecido con posterioridad a la R.884: Aplica GAJ35432. Fallecimiento es un hecho fortuito.

8) Titular PBU solicita pensión sobre solicitud de PBU c/moratoria anterior a la R.884 (trámite DENEGADO) de cónyuge fallecido con posterioridad a la R.884: R.884 no establece impedimentos p/pensiones c/moratoria. Aplica punto II, apartado 3, GP29/06, hoy reemplazada por la GP07/07.
Fuente: aldea juridica- Biblioteca Previsional.