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  • RESOL 884/2006

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #976066  por DRA2479
 
Hola, les consulto por el caso de una pensionada con el haber minimo, le iniciaron jubilación y salió desestimada porque no había cancelado la totalidad de la deuda reconocida. La CARSS confirmo lo que habia resuelto ANSES y está firme. Ahora, la Sra. me viene a ver se quiere jubilar y pagar la deuda.
La pregunta es: Tengo que generar un nuevo sicam e iniciar un nuevo trámite? o se podría cancelar la deuda que había sido hecha en el 2009 al iniciar la jubilación que fue denagada?
 #976114  por hugo2
 
DRA2479 escribió:Hola, les consulto por el caso de una pensionada con el haber minimo, le iniciaron jubilación y salió desestimada porque no había cancelado la totalidad de la deuda reconocida. La CARSS confirmo lo que habia resuelto ANSES y está firme. Ahora, la Sra. me viene a ver se quiere jubilar y pagar la deuda.
La pregunta es: Tengo que generar un nuevo sicam e iniciar un nuevo trámite? o se podría cancelar la deuda que había sido hecha en el 2009 al iniciar la jubilación que fue denagada?
Fijate que hay una circular que trata las distintas alternativas para estos casos.
 #976129  por noelin
 
FIJATE BIEN ANTES DE ANULAR EL SICAM, SI RESPETAS LA SITUACION DE REVISTA TE PAGAN RETROACTIVO LEJOS!!!!
 #976144  por arielruiz86
 
En algun post o foro explique lo que se puede hacer en esos casos, pero en resumen es asi: o pagas la deuda con los formularios correspondientes calculada en aquel momento sin modificar el sicam originario cobrando asi un retroactivo importante desde aquel entonces, o bien recalculas nuevamente el sicam con la ventaja de que ahora al haber mas exceso de edad la deuda seguramente es muho mas baja que la calculada anteriormente pero cobraría en ese caso solo desde la fecha del nuevo sicam, es decir, sin el importante retroactivo. Yo les muestro bien la diferencia de deuda a pagar con el correspondiente retroactivo en cada caso y que ellas decidan.
 #976153  por DRA2479
 
Gracias por la respuesta. El incoveniente es que el SICAM original fue dado de baja por otro profesional que intervino, aparece como no vigente. Por lo que me parece que no va a quedar otro camino que hacer un nuevo SICAM. Otra duda, si pago la primera cuota de la moratoria y tiene 10 pagos por ANSES, saben como puedo reimputar esos pagos?
 #976187  por noelin
 
PERO AUN HACIENDO UN NUEVO SICAM SI RESPETAS LA SITUACION DE REVISTA ORIGINAL SOLO CAMBIAR X CONTADO, TENES DERECHO AL RETROACTIVO. HABRIA Q HACER UN CALCULO ENTRE LO Q AHORRARIAS DE DEUDA Y EL RETROACTIVO A COBRAR, PARA DECIDIR TU CLIENTE. HAY UNA CIRCULAR SOBRE EL TEMA VALDRIA LA PENA BUSCARLA: CIRCULAR 19/11 (REEMPLAZA A 68/07)
 #976189  por diegomdp
 
para tener derecho al retro de dos años, deberia estar acordado condicionado al cumplimiento del pago de la moratoria, y aca esta denegado, es verdad que esta mal denegado, porque no deberian haberlo denegado sino acordado de manera condicionada, pero lo denegaron....

tenes dos alternativas reliquidar de contado y respetar situacion de revista y pelear por el retro, por ahi zafas y te lo liquidan igual por desconocimiento, total no es tanta la diferencia en pesos por la edad excedente o reliquidar todo como si lo estuvieras calculando ahora con la edad excedente actual, con lo cual no podrias pelear nada del retro
 #976195  por DRA2479
 
SI, lei la circular, y se refiere al caso que la jubi este otorgada pero condicionada. En el caso, fue denegada, como señala diego. Les hago una pregunta más en caso que genere un nuevo SICAM y pague la deuda, tengo que iniciar una nueva petición de beneficio, o lo puede acreditar dentro del mismo expte. en el que fue denegado en el año 2010?
 #976196  por diegomdp
 
DRA2479 escribió:SI, lei la circular, y se refiere al caso que la jubi este otorgada pero condicionada. En el caso, fue denegada, como señala diego. Les hago una pregunta más en caso que genere un nuevo SICAM y pague la deuda, tengo que iniciar una nueva petición de beneficio, o lo puede acreditar dentro del mismo expte. en el que fue denegado en el año 2010?
inicias una nueva te lo caratulan como secuencia 2 ya que no lo pueden reahabilitar porque no tiene numero de beneficio
 #976225  por pilar77
 
En el caso en particular yo averiguaría bien en beneficiarios si puedo pelear el retro de los 2 años (el máximo que pagan)... medio raro porque fue denegado pero como cada UDAI tiene su librito...
 #976296  por diegomdp
 
pilar77 escribió:En el caso en particular yo averiguaría bien en beneficiarios si puedo pelear el retro de los 2 años (el máximo que pagan)... medio raro porque fue denegado pero como cada UDAI tiene su librito...
no entra por beneficiarios porque no tiene numero de beneficio, va por inciacion y computos.

el ultimo que presente acordado y suspendido le pagaron los 4 años para atras, la sra agradecida ahora que reze para que no se lo descubran
 #976644  por pilar77
 
diegomdp escribió: no entra por beneficiarios porque no tiene numero de beneficio, va por inciacion y computos.

el ultimo que presente acordado y suspendido le pagaron los 4 años para atras, la sra agradecida ahora que reze para que no se lo descubran
4 años? a mi siempre me pagaron 2 años para atrás... ya sé que entra por Inicio, me referí que averigue en Beneficiarios lo del retro ya que en la UDAI donde siempre iniciaba yo todo eso lo liquidaban los computistas de Beneficiarios.