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  • Honorarios hasta la Declaratoria de Herederos

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 #975506  por FroyNavarro
 
buen día colegas. una consulta sencilla.

tuve que iniciar una sucesión hasta que se dicte la declaratoria de herederos en CABA para presentarla en un expediente preexistente en provincia (uno de los herederos en este ultimo falleció, tenia domicilio en caba y un solo hijo, etc. un lio qu no viene al caso)

en el que inicié en caba ya salio la declaratoria de herederos. pido testimonio y listo, terminó todo mi trabajo ahi. después seguire con el de pcia. Cuanto le cobro por eso? tuvieron alguno parecido? solicito que el juez regule honorarios hasta este punto o lo arreglo por fuera con mi cliente? como siempre gracias por sus aportes.
 #975839  por soni1000
 
buen dia colega!!soyy de tucumannn, aqui hice el mismo trabajo , llegar hasta la declaratoria, no sabia cuanto cobrar, pedi la regulacion y me regularon lo minimo de aqui qe es 1800, toma en cuenta los bienes del acervoo, toda la suerteee besos :D
 #975872  por Doctomasito
 
Hola. Por partes :
1) El tema de la conveniencia de firmar un convenio o de solicitar regulación, es decir, CÓMO se cobra una sucesión, que da para muuuucho, lo dejamos para otro momento ; acá comenzaste el laburo ( imagino que sin hablar mucho de los honorarios con tu cliente ), no firmaron convenio, y , por ende, tenés derecho a solicitar regulación. Tenés dictada la d.h, por lo tanto cumpliste los 2/3 del trabajo ; con todo esto, si el acervo tiene cierto valor, GOLAZO . Te pueden llegar a regular ( y este es otro tema que da para mucho ) 2/ 3 del, digamos , 8 % del valor de mercado de los bienes transmitidos. Ahí tendrás la libertad de negociar con tu cliente, si te parece mucho, pero teniendo ese crédito asegurado.
2) Me pasó en una sucesión en CABA y sospecho que muchos juzgados ( no sé si todos ) comparten el criterio : No te regulan " parcialmente ", si no renunciás ( o te revocan ) el patrocinio . Por lo tanto, te van a decir " difiérase la regulación solicitada hasta tanto sea acreditada la inscripción ( o la denuncia de venta por tracto ) ". Claro que en mi caso había un bien, más allá de que el objetivo, como en tu caso, era sólo obtener la d.h. Si ahí no hay bienes, creo que debés manifestarlo y tal vez te regulen.
Espero te sirva . Suerte !!
 #975879  por Summers
 
Doctomasito escribió:Hola. Por partes :
1) El tema de la conveniencia de firmar un convenio o de solicitar regulación, es decir, CÓMO se cobra una sucesión, que da para muuuucho, lo dejamos para otro momento ; acá comenzaste el laburo ( imagino que sin hablar mucho de los honorarios con tu cliente ), no firmaron convenio, y , por ende, tenés derecho a solicitar regulación. Tenés dictada la d.h, por lo tanto cumpliste los 2/3 del trabajo ; con todo esto, si el acervo tiene cierto valor, GOLAZO . Te pueden llegar a regular ( y este es otro tema que da para mucho ) 2/ 3 del, digamos , 8 % del valor de mercado de los bienes transmitidos. Ahí tendrás la libertad de negociar con tu cliente, si te parece mucho, pero teniendo ese crédito asegurado.
2) Me pasó en una sucesión en CABA y sospecho que muchos juzgados ( no sé si todos ) comparten el criterio : No te regulan " parcialmente ", si no renunciás ( o te revocan ) el patrocinio . Por lo tanto, te van a decir " difiérase la regulación solicitada hasta tanto sea acreditada la inscripción ( o la denuncia de venta por tracto ) ". Claro que en mi caso había un bien, más allá de que el objetivo, como en tu caso, era sólo obtener la d.h. Si ahí no hay bienes, creo que debés manifestarlo y tal vez te regulen.
Espero te sirva . Suerte !!
y que pasa si el heredero nunca inscribe la ddhh o no tiene dinero para hacer la inscripcion de los inmuebles, no cobramos nunca los honorarios? :shock:
 #975883  por Doctomasito
 
Summers escribió:y que pasa si el heredero nunca inscribe la ddhh o no tiene dinero para hacer la inscripcion de los inmuebles, no cobramos nunca los honorarios?
Más allá de si cobramos o no, que es otro tema, lo que planteé es la oportunidad de que el juzgado regule. La respuesta ya fue dicha :
Doctomasito escribió: No te regulan " parcialmente ", si no renunciás ( o te revocan ) el patrocinio .
. RENUNCIAR. Saludos !
 #975885  por Doctomasito
 
Y en todo caso, a diferencia de lo que ocurre en Pcia. de Buenos Aires, en la CABA los herederos pueden inscribir o vender el bien por tracto sin que el Juez le pida conformidad al letrado respecto de sus honorarios. Lamentable.....
 #975887  por Doctomasito
 
Por último :
FroyNavarro escribió: la declaratoria de herederos en CABA para presentarla en un expediente preexistente en provincia
. Ojalá el juzgado se conforme con una copia certificada de la D.H.Pueden pedir el expediente " ad efectum " tb. Abrazos.
 #975900  por Summers
 
Doctomasito escribió:
Summers escribió:y que pasa si el heredero nunca inscribe la ddhh o no tiene dinero para hacer la inscripcion de los inmuebles, no cobramos nunca los honorarios?
Más allá de si cobramos o no, que es otro tema, lo que planteé es la oportunidad de que el juzgado regule. La respuesta ya fue dicha :
Doctomasito escribió: No te regulan " parcialmente ", si no renunciás ( o te revocan ) el patrocinio .
. RENUNCIAR. Saludos !
A ver, hace un tiempo pregunte por una sucesion en provincia, de la cual voy a renunciar y aun no se dicto la declaratoria, y me contestaron que haga clasificacion de tareas, lo cual no se como porque hay varios terrenos en provincia, como saco la valuacion fiscal, solo de la pagina de arba, y la valuacion real de un inmueble que hay en capital???? la verdad es un lio y no quiero quedarme sin cobrar y que el juez me diga que se tenga presente para su momento procesal oportuno porque este sujeto no va a continuarla. entonces, si renuncio el juez me regula el minimo? pido regulacion parcial por la labor realizada en el minimo? No se.
 #975904  por Doctomasito
 
Hola. Hoy ya no tengo tiempo. Mañana seguimos. Sólo :
Summers escribió: de la cual voy a renunciar
Summers escribió: no quiero quedarme sin cobrar y que el juez me diga que se tenga presente para su momento procesal oportuno
. Precisamente, si renunciás, te regulan !!!! Hasta mañana.
 #976033  por FroyNavarro
 
soni1000 escribió:buen dia colega!!soyy de tucumannn, aqui hice el mismo trabajo , llegar hasta la declaratoria, no sabia cuanto cobrar, pedi la regulacion y me regularon lo minimo de aqui qe es 1800, toma en cuenta los bienes del acervoo, toda la suerteee besos :D
Hola, muchas gracias. Yo también pedí regulación y me la difirieron para cuando la inscriban, pero no es la intención del cliente al menos en esl proceso en capital así que lo voy a pedir nuevamente y sino se lo voy a cobrar de acuerdo a lo que averigue de casos similares. Gracias soni1000, exitos
 #976034  por FroyNavarro
 
Doctomasito escribió:Hola. Por partes :
1) El tema de la conveniencia de firmar un convenio o de solicitar regulación, es decir, CÓMO se cobra una sucesión, que da para muuuucho, lo dejamos para otro momento ; acá comenzaste el laburo ( imagino que sin hablar mucho de los honorarios con tu cliente ), no firmaron convenio, y , por ende, tenés derecho a solicitar regulación. Tenés dictada la d.h, por lo tanto cumpliste los 2/3 del trabajo ; con todo esto, si el acervo tiene cierto valor, GOLAZO . Te pueden llegar a regular ( y este es otro tema que da para mucho ) 2/ 3 del, digamos , 8 % del valor de mercado de los bienes transmitidos. Ahí tendrás la libertad de negociar con tu cliente, si te parece mucho, pero teniendo ese crédito asegurado.
2) Me pasó en una sucesión en CABA y sospecho que muchos juzgados ( no sé si todos ) comparten el criterio : No te regulan " parcialmente ", si no renunciás ( o te revocan ) el patrocinio . Por lo tanto, te van a decir " difiérase la regulación solicitada hasta tanto sea acreditada la inscripción ( o la denuncia de venta por tracto ) ". Claro que en mi caso había un bien, más allá de que el objetivo, como en tu caso, era sólo obtener la d.h. Si ahí no hay bienes, creo que debés manifestarlo y tal vez te regulen.
Espero te sirva . Suerte !!
Hola Doctomasito.
es tal cual lo decís. Hice el laburo sin firmar convenio ni nada (es gente de muchísima confianza así que no voy a tener problemas por el cobro de los honorarios) Me dictaron la d.h. y el acervo es un inmueble de cierto valor. El criterio del juzgado que me tocó es similar al de tu caso, evidentemente no regulan parcialmente. Hay un bien, como explicaba, pero está ligado a la sucesión de los padres del causante en Pcia. Bs As y la intención del cliente es culminar ese con la inscripción de la declaratoria. Lo voy a manifestar nuevamente para que me regulen honorarios en este caso. Gracias por el aporte. Clarísimo, además. Salú!
 #976136  por Doctomasito
 
FroyNavarro : Estaría bueno que nos comentes, en el caso de que te regulen, cómo te fue. Más allá del valor del acervo y de las etapas cumplidas, me interesa todo auto regulatorio de sucesiones en Capital. Exitos !!
 #976269  por FroyNavarro
 
Doctomasito escribió:FroyNavarro : Estaría bueno que nos comentes, en el caso de que te regulen, cómo te fue. Más allá del valor del acervo y de las etapas cumplidas, me interesa todo auto regulatorio de sucesiones en Capital. Exitos !!
Hola Doctomasito. El lunes presento un nuevo pedido en el juzgado. Ni bien tenga alguna novedad del tema urgentemente se los comento. Buen fin de semana a todos!
 #1021086  por Doctomasito
 
Releyendo algunos hilos viejos, advierto que el amigo froy navarro me debe una respuesta....
FroyNavarro escribió: Ni bien tenga alguna novedad del tema urgentemente se los comento.
Si tenés ganas.....Un abrazo !
 #1021205  por FroyNavarro
 
Doctomasito escribió:Releyendo algunos hilos viejos, advierto que el amigo froy navarro me debe una respuesta....
FroyNavarro escribió: Ni bien tenga alguna novedad del tema urgentemente se los comento.
Si tenés ganas.....Un abrazo !
Mi estimadísimo Doctomasito. Antes que nada PERDÓN, PERDÓN, PERDÓN por no haber contado como me fue cuando me había comprometido a ello. Tiene razón. Le debía una respuesta, aquí va:
EL caso es que en la sucesión en capital no me regularon honorarios hasta tanto solicite la inscripción, tal como se contaba más arriba.

De todas maneras, ahora mis clientes quieren inscribirla, tanto la sucesión de provincia como la de capital. Así que en estos días, estaré en eso y volveré a pedir me regulen honorarios.

Nuevamente perdón. Ud. se tomó el tiempo de participar en este asunto y yo ni siquiera contesté cuando debía. Le aseguro que no volverá a ocurrir colega. Le mando un abrazo enorme y le deseo todos los éxitos. Gracias.