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  • Duda sobre contrato de locación. GRACIAS

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 #833884  por estudiojuridicointegral
 
Hola estimados colegas y-o foristas

Les hago una pregunta sencilla dado que en la ley de alquileres 23091 nada dice al respecto:

El locador (mi cliente) ¿tiene la obligación de notificar el vencimiento del contrato de locacion de su vivienda al inquilino como así tambien tiene la obligación de notificar que no habrá renovación de contrato?

Considero que no es necesario. El contrato de locación finaliza los primeros dias de junio y mi cliente no quiere renovarle.

MUCHAS GRACIAS
Mariela
 #833905  por legalescom
 
¿Porqué adelantarte a los acontecimientos?, no hay nada mejor que vivir, a pleno, el presente. Si llega ese día y no se va, supongo que, al menos telefónicamente, se comunicarán locador y locatario, entonces, lo intimás fehacientemente a que abandone el inmueble.
Si crees que el locatario estaría dispuesto a no moverse, iniciale ya un juicio de desalojo anticipado, pero recién lo notificás después de vencido el plazo, ya que si lo notificás antes y se va, las costas son a tu cargo.
 #976339  por juan34
 
Es necesario notificar por CD al locatario el vencimiento del contrato e intimar a la entrega del inmueble en las condiciones pactadas en el contrato. Se debe poner como fecha al dia siguiente del vencimiento y determinar la hora, el lugar y a quien se le hará entrega de las llaves.
Si no lo hiciera se entenderá que sigue la relación contractual bajo el art 1622 del C.C.
 #980176  por Holix
 
Les consulto.

¿Puedo entregar una copia de las llaves de una vivienda alquilada, faltando dias para el vencimiento del contrato, sin que el propietario/administrador haya revisado el inmueble? Este, me dice que me va a dar un "recibo de las llaves", pero no creo que sea el que me libera de la relacion contractual. Luego, el va a revisar el inmueble, y no me dijo que pasaba luego.

¿Ud como piensan que debería proceder al momento de entregar las llaves?

Gracias
 #980182  por juan34
 
Lo mejor es fijar dia, lugar, hora para estar ambas partes y con un escribano presente en el inmueble levantar un acta de constatacion de las condiciones en que se lo entrega, que no registran deudas de ningun tipo a cargo del locatario y que se entregan las llaves al locador o a quien éste designó, quien dará el recibo de la entrega de las llaves original firmado por el locador, al locatario y que en el futuro nada se adeudan reciprocamente firmando de conformidad locador, locatario y garante delante del escribano autorizado.