Estimados colegas, les hago la siguiente consulta... como el contrato a tiempo parcial es la excepción (art.92 ter LCT), quiero darle el encuadre que corresponde en un contrato escrito, el tema es que mi clienta en lo posible quiere que las 4 horas que trabaja su empleada no sean fijas en la mañana ni fijas en la tarde sino que puedan rotar es decir una semana de 8 a 12 y otra de 16 a 20. Es posible contar con tal rotación? deberé detallar semana a semana?. Obviamente esto es en pos de una relación laboral que cumpla con las normativas legales vigentes.