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  • reincorporacion - art 255

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 #976758  por VEROROS
 
Hola, estuve leyendo algunos post, pero no veo que alguien lo haya planteado...
Mi duda es la siguiente:
Conforme el 255 al trabajador reingresado se le computa la antiguedad segun el 18 y 19LCT. Ahora... esto es independiente del tiempo trascurrido desde la baja y la nueva alta?? Se aplica este art a un trabajador q reingresa despues de 7 años??????
Alguien me dijo que es un año el plazo q puede mediar entre ctto y ctto, pero no le encuentro fundamento en ningun lado.. busque V Vialard y no dice nada al respecto.
Agradezco sus opiniones.
Saludos!
 #976805  por MORGAN
 
no importa el tiempo trascurrido entre baja y nueva alta.
 #977056  por VEROROS
 
Gracias Morgan!
 #1164933  por profesional
 
y si la actividad es diferente... también se le computa su antigüedad?
un empleado de autoservicio renuncia, al cabo de años vuelve pero ahora es playero de estación de servicio. A veces suelen cambiar el ente empleador, es decir, le cambian de SA. a soc mixta, etc. aunque son los mismos
Yo creía que no! es medio dudoso el art. 18 con el art 255
 #1165182  por agentil
 
profesional escribió:y si la actividad es diferente... también se le computa su antigüedad?
un empleado de autoservicio renuncia, al cabo de años vuelve pero ahora es playero de estación de servicio. A veces suelen cambiar el ente empleador, es decir, le cambian de SA. a soc mixta, etc. aunque son los mismos
Yo creía que no! es medio dudoso el art. 18 con el art 255
Si cambia de razón social, tendrás que probar que son lo mismo que la anterior. Mismo lugar de trabajo, mismo personal, misma persona fisica que manda, mismo domicilio, mismo nombre de fantasía, etc.

saludos!!