En la escasa practica que tengo todas las regulaciones de honrarios a cargo de la contraparte no me las pagaron y las tuve que ejecutar. Asi tuve que ir a la casa del deudor con el mandamiento de intimacion y en todo caso embargar bienes de este. Siempre me exigieron que el abogado tiene q estar presente en la diligencia. Pregunto, en la practica no hay una forma menos "desgastante" para el abogado,de no tener que estar presente en ese momento; he discutido con la gente, me han tratado de chorro, de esto de lo otro. Las oficinas no diligencias los mandamientos si uno no va con el oficial. COmo se hace en la practica???