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  • MOratoria 24476 Sin edad Jubilatorio

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #976816  por d_lorenti
 
Colegas, les cuento el caso en cuestión, ya que he leido bastante pero aún tengo dudas al respecto.

Tengo una trabajadora, la cual quiere incorporarse en la moratoria 24476 en cuotas, antes de su edad jubilatoria, para asegurarse esos periodos.
Ahora esta mujer en la actualidad esta trabajando como SDM (REAL, lo aclaro por las dudas), por ende cuando llegue a los 60 años de edad voy a tener que cargar esos periodos en un SICAM.

Mis dudas son estas:
La ley que va es la 24476, ahora lo aplico como:
- JUBILACION
- OTROS LIBRES DEUDA
- RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS

Porque cuando llegue el día voy a tener que aplicar un nuevo SICAM, y ahi mi duda.

Espero ayuda de todos.
Gracias Diego
 #977144  por arielruiz86
 
Descarta "Otros libres deuda" porque aca el único fin es el previsional y la baja la van a tener que hacer luego en la afip. Si van hacer la moratoria en cuotas hasta que se jubile la prestacion es "jubilacion", pero si van a pagar de contado la moratoria para asegurarse ya mismo un cierto peridodo ante la eventual o casi imposible derogación de la 24476 la prestación será "reconocimiento de ss" teniendo que presentarlo inmediatamente en el anses para ello. De todos modos lo mismo en su momento habrá que desbloquear el sicam para agregar todos los nuevos periodos o aportes del actual SDM.
 #977220  por MATANGA19
 
pero puede acceder a la moratoria sin tener la edad jubilatoria? me parece que no, para mi aca si ella trabaja como servicio domestico tiene que aportar real hasta llegar a la edad de 60 años y ahi ver como seguir
 #977373  por arielruiz86
 
Hay muchos contribuyentes (inscriptos o no dice la 24476) que se adhieren por obligación o voluntad a distintas moratorias por deudas sin estar en condiciones de jubilarse, y muchos se aseguran incluso pagando de contado la misma para tramitar un reco en el anes por asi asegurarse desde ya un cierto periodo de cotización, porque no se sabe a ciencia cierta si esta actual moratoria sera para siempre, pues pueden venir futuros gobernantes o modelos con otras ideas o prioridades diferentes del acceso universal al benef jubilatorio tan preciado por todos nuestros abuelos por mas poco o insuficiente que sea, sin advertir que sera mucho menos el trabajo e ingresos de abogados o gestores que hoy dia tanto se jactan criticando el actual modelo.
 #977443  por anibal martin
 
MATANGA19 escribió:pero puede acceder a la moratoria sin tener la edad jubilatoria? me parece que no, para mi aca si ella trabaja como servicio domestico tiene que aportar real hasta llegar a la edad de 60 años y ahi ver como seguir


Hola. Hace siete u ocho años que venimos presentando Moratorias por la Ley 24476 con la edad cumplida o no para alcanzar el beneficio. Dicha ley no exige este requisito. Creo que te estàs confundiendo con la aplicaciòn de la 25321 que exige para su empleo tener los 25/30 de servicios, segùn el caso y ademàs la edad mìnima ya cumplida. No obstante esto ùltimo tambièn hay cierta flexibilidad pues la hemos aplicado - a la 25321 - en casos que aùn no tenìan ni la edad ni los servicios mìnimos y luego al alcanzarlos quedò todo "convalidado".amf.
 #977450  por d_lorenti
 
Voy agrandeciendo a todos por las respuestas, lo hare poniendolo como Jubilacion, porque si hay que dar la baja posterior del SICAM para rehacerlo, siempre más facil dar una baja en ANSES, que ya es algo de rutina, con ir a la AFIP q siempre son mas vuelteros.

Sds. Diego
 #977524  por MARIO1943
 
DE ACUERDO A LA NUEVA LEY DE SDM ,SI LA PERSONA SIGUE APORTANDO SDM, EL EMPLEADOR LA TIENE QUE HABER INSCRIPTO COMO TAL A PARTIR DE MAYO DEL 2013