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 #977594  por pupina02
 
Hola tengo dudas con la liquidacion que debo realizar, si mi cliente cobraba horas extras la mejor remuneracion corresponderia a enero, justamente fue cuando mas realizo. Pero como coincide con el mes que le abonan las vacaciones con recibos separados no se si corresponde que le tome justamente ese mes. ademas fue despedido durante la licencia y no tenemos el recibo de haberes de enero.....
como se procede en este caso?? gracias !!
 #977665  por andresxeneizes
 
yo entiendo la mejor remuneracion con rubros que pueden devengar todos los meses del ultimo año de relacion laboral.
si en enero hizo horas extras entonces sera ese mes el que cobro mas.
lo que si entiendo que vacaciones no lo tenes que tomar en cuenta.
en cuanto al recibo si bien no lo tenes, si le pagaron via bancaria tendras el resumen o podes pedir informativa al banco para demostrar el sueldo de ese mes
 #977692  por tincho14
 
Coincido con andresxeneizes.
Si podés acreditar el monto abonado, la mejor remuneración sería enero sin las vacaciones.
Saludos
 #977729  por MORGAN
 
sin vacaciones y las horas extras solo si eran habituales y normales sino no. ej. si todos los días trabajaba 1 hora extra y solo el último mes hizo 3 horas extras diarias se toma la jornada de 1 hora más y no la de 3.
 #977753  por Arbeiter
 
Yo coincido y no coincido. Para el cálculo del 245 se toma la mejor remuneración, incluyendo horas extra. Creo que hay un plenario al respecto, no se utiliza como base de cálculo un promedio, ni la menor, la mejor de ultimo año.