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  • TRACTO ABREVIADO Y TESTIMONIO

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 #96604  por resipsa
 
Hola. En una sucesión de capital hay declaratoria dictada sin inscribir y dos inmuebles que están en pcia.. Uno de dichos bienes es ganancial, lo quieren vender por tracto abreviado y está a nombre de la esposa del causante y hay dos hijos del matrimonio que pasan a ser titulares del 50% del causante. Preguntas: 1º) hay que hacer testimonio ley 22172 o directamente el escribano se encarga de ello y del pago de la tasa de justicia del bien?. 2º) En dicho testimonio, en la parte que especifica los motivos por los cuales se expide el mismo, es necesario mencionar los datos catastrales del bien y en letras?. 3º) Si pueden enviar algún modelo referido al tema. Muchas gracias.

 #97790  por mtiri
 
En respuesta a tu consulta te comento lo siguiente:
1) La inscricpcion de la DH por tracto se puede hacer de cualquiera de las dos formas. Es decir podes hacer el testimonio ley 22.172 y entregarselo a Escribano para que lo transcricba en su escritura o puede el Notario retirar el expediente, sacar fotocopias de las partes pertinentes y transcribirlas en la mencionada escritura. Dependera de que prefiere el escribano. Respecto de la tasa judicial, deberas pagarla vos, puesto que hasta tanto no se abone dicho impuesto el Juez no te va a dar la inscripcion de la DH, y necesariamente debe existir el auto que de por satisfecha la tasa de jusiticia, el cual tambien debe transcribirse en la escritura. Inclusive en Pcia es necesaria abonar ademas los apoertes previsionales y tener conformidad respecto de los honorarios. En capital eso no se exige.
2) Respecto del Testimonio en si, conviene poner absolutamente todos los datos del inmueble e incluso de los herederos, inclusive el CUIL o Cuit y si deberia ser todo en letras.

Espero haber sido de utilidad. saludos