hola foristas, tengo que hacer una ejecucion de honorarios regulados en el 2000 y que no han sido bien notificados, son de un perito y no supo enviar las cedulas y se quedo sin notificar, mi pregunta es cuando pido actualizacion??? porque para iniciar la ejecucion primero debo notificar bien a los obligados al pago, y despues iniciio la ejecucion pero los intereses o la actualizacion cuando la pido y desde cuando???? gracias
Despues de notificados los honorarios, los intereses corren desde el vecimiento del plazo que tenían los obligados al pago para abonarlos.
Si no están notificados, no están firmes