Hola...les comento como viene el tema.En el mes de mayo tuve una audiencia de familia, ante la consejera, en la cual no se llego a un acuerdo, por lo cual se fijaron alimentos provisorios de un 15%. La semana que viene, tengo la audiencia ante la jueza, ya en la etapa de conocimiento. Si en dicha audiencia se logra fijar la cuota definitiva, que pasa con los meses de mayo, junio y julio en los cuales rigio la cuota provisoria? mi cliente tiene que q luego pagar lo que reste de acuerdo a la cuota definitiva? o la definitiva solo se debe a partir del momento en q se la fija? DESDE YA, MUCHAS GRACIAS.
eugeal escribió:Hola...les comento como viene el tema.En el mes de mayo tuve una audiencia de familia, ante la consejera, en la cual no se llego a un acuerdo, por lo cual se fijaron alimentos provisorios de un 15%. La semana que viene, tengo la audiencia ante la jueza, ya en la etapa de conocimiento. Si en dicha audiencia se logra fijar la cuota definitiva, que pasa con los meses de mayo, junio y julio en los cuales rigio la cuota provisoria? mi cliente tiene que q luego pagar lo que reste de acuerdo a la cuota definitiva? o la definitiva solo se debe a partir del momento en q se la fija? DESDE YA, MUCHAS GRACIAS.Tu cliente deberà lo que acuerden desde el inicio de la demanda.Generalmente es habitual que por esa deuda se haga un plan de pagos ya que ademàs de esa deuda debe abonar la cuota mensual.
