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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #900286  por gero
 
Buenas noches a todos y a todas, se me presenta una persona y dice que es padre de un hijo fallecido y que una chica que fue novia de su hijo fallecido, tiene una nena con el apellido de ella, es decir no fue reconocida porque nació despues de su deseso, esta le hace una CD para que se presente a los fines de un adn, y él, si bien reconoce que puede ser su nieto, no quiere prestar colaboracion, porque se pregunta, para que se esta tramitando su filiacion con la familia de él - la audiencia ya pasó porque se notifico 1 dia antes de la misma.- Mi duda es si lo hago presentar o espero que le vuelvan a citar a una nueva audiencia.- gracias
 #900393  por viko
 
no entiendo:
lo citan por CD de manera privada, o es cedula de notificacion para audiencia??
que teme tu cliente? que su nieto sea efectivamente su nieto y le pida derechos de nieto?
quizas solamente desea un vinculo biologico indubitado - a buen arbol fueron por manzanas- para la filiacion post mortem entre hijo-nieto...
saludos
 #900836  por gero
 
Gracias por tu respuesta, El medio es CD, el contenido proveido judicial, y averiguando parece ser que hubo una indemnizacion cobrada y presumo que ese es el interes.- Lo cierto es que recibio la cd la esposa del supuesto abuelo un dia antes de la fecha de audiencia.-
 #978319  por gero
 
Buenos días gente, volviendo al tema les cuento lo sucedido: En razon de que tenian una cautelar para exhumar los restos del fallecido, los padres sentian mucho dolor en este punto y decidieron prestar colaboracion a la prueba de ADN - si bien se presume casi con certeza que será su nieta a pesar de que los señores no lo sepan fehacientemente - lo que deberá ser confirmado por el examen genetico.- Ahora, segun me dicen, que han cobrado un juicio respecto del muerto (padres) y compraron un Dpto. Yo presumo que mas alla que se le quiera dar el nombre verdadero a la nena, hay un interes económico sobre este cobro que recibieron los padres en calidad de herederos del mismo.-
En consecuencia estamos estudiando la posibilidad de enajerar ese bien, porque seguro si pretenden el monto cobrado, conseguiran el expediente respectivo, pero al no existir ya el bien tendrian que negociar un cobro a cuenta gotas.-
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