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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #978264  por LUROLET
 
Estimados Colegas:
Sentencia laboral firme a favor del trabajador contra una S.A. en Capital. Se inicia con una consignación por parte de la SA, el trabajador reconviene y obtiene sentencia favorable tanto en primera como en segunda instancia.
Liquidación aprobada e intimación mediante inicio la ejecución solicito embargo a banco vuelve informado que no tiene más cuenta allí la SA.-
Comienzo a averiguar el estado de la SA y me encuentro con que no esta activa en afip, no posee más las instalaciones donde las tenía y mudó su domicilio legal a un estudio jurídico, no posee contrato vigente de ART. Tampoco se ha presentado en concurso no esta quebrada, no se la disolvió liquidó ni nada por el estilo.
La empresa esta debidamente inscripta en igj.
En conclusión los socios, que a la vez integraban el organo de gobierno dejaron morir la SA sin llevar adelante ninguno de los procedimientos previstos en la LS y LCQ, tornando ilusorio el cobro del crédito por el trabajador.
Posibilidades y caminos para responsabilizar a los socios y adm
1) Atento la registración irregular extenderles la responsabilidad.
2) Atento la infracapitalizació de la SA extenderles responsabilidad.
Entiendo que conviene no obstante sus conductas permiten demandar por ambos fundamentos, conviene para evitar planteos de excepción de prescripción cosa juzgada y lo que se va a discutir no es lo ya discutido en la causa anterior, si no que ahora hay que probar el vaciamiento. Les parece ir por ahí?

Otro tema la Vía:
1) Incidente de extensión de responsabilidad.
2) Demanda autónoma.

Me conviene la vía de la acción autónoma atento que lo que se va a discutir es otra cosa que la ya discutida?

Prueba:
Este también es un tema:
1) Ir a IGJ pedir el desarchivo para acceder las constancias de la SA y los Balances.
2) Acompaño la constancia de afip donde surge que no tiene impuestos activos.
3) Manifiesto el cambio de domicilio legal el cierre del establecimiento, entre otras cosas.-
4) ¿Qué más?

Doctrina y jurisprudencia tengo mucha. Lo que me interesarían son sugerencia de algún algunos colegas que hayan tenido experiencia en este tema y si le parace que pod´ria prosperar la demanda autónoma.-
Gracias.-
 #978361  por andresxeneizes
 
1) Atento la registración irregular extenderles la responsabilidad.
ya hay sentencia, por esto no podes extender la responsabilidad ya que deberias haber demandado a todos desde un principio, aunque creo que puede haber una salida parecida pero no con este fundamento
2) Atento la infracapitalizació de la SA extenderles responsabilidad.
no creo que haya infracapitalizacion de la SA mas sin funciono durante tanto tiempo, en algun momento tuvo que poner las 12 lucas de inicio y despues que hizo o dejo de hacer no me parece que sea causa de infracapitalizacion
Otro tema la Vía:1) Incidente de extensión de responsabilidad.
creo que esta es lo mas viable, hay varios post en el foro que hablan del tema

te paso links de los que encontre poniendo las palabras "extension responsabilidad", poniendo que busque solo en foro laboral y que busque esas palabras como titulo del post

http://www.portaldeabogados.com.ar/foro ... ad#p927380
http://www.portaldeabogados.com.ar/foro ... ad#p787886
2) Demanda autónoma.
ya pasaron mas de dos años desde el fin de la relacion laboral, es decir estaria prescripto contra los socios ya que contra estos nunca se interrumpio la prescripcion
Prueba:
Este también es un tema:
1) Ir a IGJ pedir el desarchivo para acceder las constancias de la SA y los Balances.
2) Acompaño la constancia de afip donde surge que no tiene impuestos activos.
3) Manifiesto el cambio de domicilio legal el cierre del establecimiento, entre otras cosas.-
4) ¿Qué más?
si, todos son indicios favorables a tu postura.
otra cosa que se me ocurre que podrias pedir como documental en poder de la contraria e informativa en afip son las declaraciones juradas (que van a ser inexistentes) y las facturas