Buenas, segun el parcto de san jose de costa rica, el abogado defensor puede interrogar tanto a testigos propios como a los ajenos. Ahora bien... El abogado del damnificado que presento testigos, puede estar presente en la decla de sus testigos? puede hacer rpeguntas o toda su actividad está subrogada en el "JUEZ que toma la declaracion"....
Hay alguna norma o es la costumbre que impide estar presente?????
Gracias.
Hay alguna norma o es la costumbre que impide estar presente?????
Gracias.