Buenas Tardes !!
Hago una consulta, quien pueda ayudarme desde ya muchas gracias.
El caso es el siguiente, se trata de un accidente escolar donde la suma tratamiento del alumno es al rededor de los $30.000 entre cirugía y prótesis.
El establecimiento educativo tiene seguro, pero cuando se hicieron las reclamaciones pertinentes para que cubra la operación y la prótesis, el seguro respondió que su cobertura es limitada al monto de $6.500.
Ante esta cobertura insuficiente mi clienta, hizo revisar a su hijo con los médicos de su obra social, pero desde ese organismo tampoco le quieren autorizar la operación alegando que es el seguro quien debe responder.
Mi pregunta es ¿ Puede una obra social no cumplir con su obligación de cobertura social en este caso? ya que existe una obligación contractual asumida.
Hago una consulta, quien pueda ayudarme desde ya muchas gracias.
El caso es el siguiente, se trata de un accidente escolar donde la suma tratamiento del alumno es al rededor de los $30.000 entre cirugía y prótesis.
El establecimiento educativo tiene seguro, pero cuando se hicieron las reclamaciones pertinentes para que cubra la operación y la prótesis, el seguro respondió que su cobertura es limitada al monto de $6.500.
Ante esta cobertura insuficiente mi clienta, hizo revisar a su hijo con los médicos de su obra social, pero desde ese organismo tampoco le quieren autorizar la operación alegando que es el seguro quien debe responder.
Mi pregunta es ¿ Puede una obra social no cumplir con su obligación de cobertura social en este caso? ya que existe una obligación contractual asumida.
