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  • Problema Tarjeta de Crédito-Bco Pcia-Bapro

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 #978289  por AlejandroRodo
 
Buenos días,

Les agradecería, si pudieran brindarme alguna orientación y/o algún modelo de CD que consideren pertinente para resolver el siguiente inconveniente: Tarjeta de crédito bloqueada como consecuencia de no haber realizado "Bapro Pagos S.A." la transferencia del pago realizado al Banco Provincia.... les cuento que tengo en mi poder el comprobante de pago correspondiente y una carta emitida por el banco donde se indica que no ha recibido tal transferencia y que mi papá tuvo que volver a realizar el pago correspondiente.... (Si bien el banco manifestó que no sería responsabilidad de ellos -jabónpilatos-, considero que tanto él como bapropagos resultan solidariamente responsables en virtud de integrar la "relación de consumo"-art.40 LCT-); Desde yá muchas Gracias!
 #978543  por AlejandroRodo
 
Hola! muchas gracias por atender Abogado 1987!, te cuento que soy abogado pero estoy iniciàndome y tengo varias dudas, por eso pedí alguna orientación general, entiendo que en principio debería cursar un CD a bapropagos nó? y solicitando en primer término que informe que sucedió con el depósito (que hice y tengo recibo) y en consecuencia que lo deposite en el banco bajo apercibimiento de iniciar......; por otra parte soy de provincia y la sede de bapro está en capital sino reconocen mi reclamo tendré que litigar allí? Muchas gracias y Saludos
 #978921  por AlejandroRodo
 
Muchas gracias por responder nuevamente, me doy cuenta de lo difícil que es pedir orientación, puesto que la otra persona no sabe a ciencia cierta cuáles son los interrogantes que envuelven al consultante, y es por eso que pedí en principio alguna idea general que pudieran aportarme o modelo de CD, en mi caso me preguntaba si el encuadramiento correcto sería el art. 5 inc.3 del Cpcc (lugar donde debía cumplirse la obligación) y en razón de esto y en virtud de haber entregando la suma de dinero en una terminal de bapropagos (agencia de quiniela en provincia) se debe considerar que es en ésta donde debe cumplirse la obligación de hacer la transferencia al banco? o debe considerarse que el lugar es en la sede central de bapropagos Capital Federal?
También el mismo inciso 3 plantea la posibilidad de “en su defecto, a elección del actor, el del domicilio del demandado o el del lugar del contrato….. en este caso, y respecto del lugar del contrato ¿cómo juegan los convenios que existen entre estos comercios y bapropagos puesto que son sucursales habilitadas al cobro pero parecieran diferenciarse de las terminales que tiene la empresa? El lugar del contrato sería aquí o en capital?
Por otra parte me preguntaba si cabría encuadrar la situación como una defraudación o estafa (172 y css CP) y en virtud de esto (puesto que pese a tener recibo me dicen que el dinero se esfumó sin más….) aplicar el inciso 4 del art.5 Cpcc como acción personal derivada de delitos o cuasidelitos (lugar del hecho o del domicilio del demandado, a elección del actor…)
Por otro lado el 747 del C.C. plantea que “….En cualquier otro caso, el lugar de pago será el del domicilio del deudor al tiempo del cumplimiento de la obligación….” Sería el de la agencia en Pcia.? O el de bapropagos en capital?
 #978930  por andresxeneizes
 
hay veces que los casos los podes iniciar en dos jurisdicciones distintas y en ambas estaria bien iniciado, si el caso te entra dentro de los supuestos del art 5 del cod proc en capital lo podes iniciar en capital y si tambien te entre dentro de los supuestos del mismo art del cod proc de provincia podes optar por iniciarlo en provincia
 #978996  por letrada1984
 
Considero que deberías presentar una nota en la Sucursal de radicacion de la Tarjeta de Credito, que te sellen la copia y que desde alli arbitren los medios para imputar el pago que Bapro Pagos no envió. Son casos usuales pero de ningun modo el Banco puede enviarte a pagar nuevamente, dado que no es un caso de "quien paga mal, paga dos veces". Con conocimiento del caso te aconsejo que armes una nota que sea contundente en el lexico juridico, con mencion de la Ley de Defensa del Consumidor y desde luego deberán solucionartelo.
El Banco y Bapro Pagos son efectivamente solidarios en responsabilidad y ademas es el Banco quien te proporciona ese medio como alternativa de boca de pago.
Espero que puedas resolverlo rapido, animo que aunque estes empezando todo se puede!
 #983710  por letrada1984
 
AlejandroRodo escribió:Muchísimas Gracias a todos por las respuestas y por el aliento!!, empezaré a redactar la nota inmediatamente!! Muchos Saludos!!
Como te fue?
Hay una opción interna del Banco para imputar estos pagos! Te lo digo de fuente confiable tengo alguien que trabaja ahí dentro y lo hace seguido porque es un error frecuente...