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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #979135  por fito657
 
Pagos reafectados del 2011 por afip , correctamente,de monotributista no aportante (11 en la situacion de revista) impueto 20, que le aparecían como monotributista autonomo (que nunca lo fue), figuran en pagos reafectados y no figuran en pagos de la liquidación lo que también estaría correcto, pero porque aparecen en la sabana (no asi en la historia laboral de la web)-
La situación de revista es manejada del 2004 por afip por lo que se desecha la 25321 como tampoco corespondería "revertir" el pago porque expresamente se lo afecta al impuesto 20 (no aportante).
En sintesis ¿no le hago caso al hecho que esos 2 aportes de monotributo autonomo figuren en la sabana (sijp)?. Ese lapso de aportes en la situacion de revista lo cubre con la act. 11.
 #979224  por Emma2011
 
fito657 escribió:
La situación de revista es manejada del 2004 por afip por lo que se desecha la 25321 como tampoco corespondería "revertir" el pago porque expresamente se lo afecta al impuesto 20 (no aportante).
En sintesis ¿no le hago caso al hecho que esos 2 aportes de monotributo autonomo figuren en la sabana (sijp)?. Ese lapso de aportes en la situacion de revista lo cubre con la act. 11.
Hola, yo tuve un caso parecido, figuraba en sit.de revista como (11)no aportante, y el sr pago como 10 , es decir con el componente previsional, por lo que ese pago salia en la sabana de anses.
No me dejaron iniciar el trámite porque en afip figuraba como no aportante...asi que tendrias que ir a hablar con alguien de la Udai donde presentes a ver si te lo van a tomar (llevando las constancias que tengas de que los pagos fueron revertidos etc...)yo tuve que ir a afip y ponerlo ese mes como aportante, no me quedo otra...
 #979232  por fito657
 
Hola Emma, pero al estar reafectados al impuesto 20 por afip, pensas que harán problemas, mas aun cuando salio la circ.22/13 para desafectar. Es decir en lugar de ir a la cuenta puente como dice la circular esos pagos se afectaron en su momento al impuesto 20 de la misma cuit.
 #979235  por Emma2011
 
fito657 escribió:Hola Emma, pero al estar reafectados al impuesto 20 por afip, pensas que harán problemas, mas aun cuando salio la circ.22/13 para desafectar. Es decir en lugar de ir a la cuenta puente como dice la circular esos pagos se afectaron en su momento al impuesto 20 de la misma cuit.
El problema yo lo tuve antes que salio la circular, quizas ahora te lo tomen, lo que si, yo al inicio le destacaria al iniciador la circunstancia de que esos pagos han sido reafectados, incluso haría una nota haciendo notar dicha circunstancia y adjuntando las impresiones correspondientes, hay que evitar posibles rechazos, despues se trabaja 2 veces. *suerte*
 #979258  por fito657
 
Creo que si lo aceptan estando reafectados por afip (hace mas de un año) y excluidos de la liquidacion al no pertenecer a una situación de revista no contemplada en el puc y al ser destinado a un impuesto (20) a cuyo pago debía ser dirigido, no importa que esté en el sijp sino que tenga deuda cero. Digo yo....