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  • PRESCRIPCION Y RECLAMO

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 #979244  por alejandra01
 
hola chicos. aparece un caso particular. Señor que había comprado un automóvil (había permutado el mismo por una camioneta) en 2000, pero no lo transfiere. Lo compra al titular registral. Le pone gnc, lo asegura, se lo roban y lo tiene que retirar de comisaría previo peritaje..tiene multas en formularios originales, actas de choque, el incentivo docente, fotos, etc.
En el 2001 va con el titular registral y firman otro 08 porque le habían robado los papeles del auto.
Cuando decide hacer la transferencia en el año 2003 porque le roban el automóvil, se encuentra que éste había sido transferido y pasado el legajo a otro registro automotor. Hace la denuncia en la departamental Tigre. y asombrado intenta encontar al otro auto para denunciarlo, pero casualmente hablando con la dueña al otro auto lo habían robado un mes antes y había ya cobrado el seguro.
Hizo denuncia ante fiscalía y al seguro pero no hubo investigación. No hay auto que verificar ahora, pero mi cliente tiene el primer 08 firmado por el titular, y el registro no pidió el 08 anterior (el que tenía mi cliente) para hacer la segunda transferencia). en tanto que la supuesta dueña del otro auto-el trucho-lo hizo con un segundo 08 firmado por el titular también, y con chapas triplicadas, pagó un nuevo incentivo docente y le puso gnc (declara que el auto que compró no lo tenía)
Es posible a pesar del tiempo, intentar una acción de reclamo por daños y perjuicios al registro automotor, por aceptar una transferencia sin pedir un formulario 08 que se había expedido en el mismo legajo?.
la denuncia en fiscalía es del 8/9/2003.
Son 10 años de prescripción?
 #979292  por andresxeneizes
 
pregunto si se reclaman daños no seria un daño extracontractual? y si se reclama la nulidad del acto tambien el plazo de prescripcion no seria de 2 años?
 #979315  por alejandra01
 
Gracias Andrés por la respuesta. Enfoqué el tema más bien en reclamar los daños al registro conjuntamente con el reclamo al seguro que no pagó. Pero no creo que tenga fundamento por el tiempo transcurrido reclamarle al seguro solamente. Fijate que encima el auto está dado de baja en el registro y si contra él no puedo ir, no le veo alternativa..saludos.
 #979317  por andresxeneizes
 
el del seguro que no pago es otra cosa, ahi si la ley de seguro no dice otra cosa podrias alegar que es una deuda contractual y hay 10 años de prescripcion, pero yo entiendo que con el registro no existe relacion contractual y por ende el plazo seria el de 2 años
 #979635  por alejandra01
 
vos crees que el seguro debería pagar igual a pesar de lo sucedido?..doble auto, un doble trucho sobre el cual ya se cobró indemnización...sin existir el automóvil de mi cliente?
La única manera de probar que había un trucho es solo en papeles, porque ningún auto está ya para verificarlo. Lo que no entiendo es como le pudieron poner gnc por primera vez a un auto que según su patente ya lo tenía...o pagar de nuevo un incentivo docente cuando mi cliente tiene el talón de haberse pagado en tiempo y forma...no creo que pueda ganarle al seguro sin citar como tercero al registro para que explique que transfirió un vehículo habiendo certificado el mismo un segundo 08 y sin dejar constancia en el legajo del auto...
es una situación muy rara..y solo lo intentaría con un BLSG....pero creo que se me está venciendo el plazo ya..no?

éste mismo puede alegar que no sabe si aseguró al auto verdadero y por ende, al no estar más, no habría objeto que asegurar..
andresxeneizes escribió:el del seguro que no pago es otra cosa, ahi si la ley de seguro no dice otra cosa podrias alegar que es una deuda contractual y hay 10 años de prescripcion, pero yo entiendo que con el registro no existe relacion contractual y por ende el plazo seria el de 2 años
 #979645  por andresxeneizes
 
yo obviamente conteste sobre la prescripcion nada mas, para mi el caso es un verenjenal, no porque sea inentendible, sino porque, sino entendi mal el caso, el registro puede escudarse en la falta de inscripcion del 08 y el seguro idem.

para mi es una aventura juridica el tema, por un lado yo arreglaria un fijo por el caso se gane o se pierda y que se pague por etapas, sino te van a colgar con los honorarios y ademas le haria firmar al cliente una declaracion de que sabe de que el tema tiene una viabilidad juridica relativa y que el lo sabe y que pese a ello te pide que hagas el juicio, para despues no tener reproche