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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #979609  por Flavio77
 
Buenos dias a todos los colegas, les cuento la situacion, y las preguntas a continuacion:
Llama mi cliente avisandome que le llega una citacion a una audiencia de mediacion en capital por alimentos, tenencia, reg de visitas y divorcio.
La ex pareja vive en capital, ella en provincia.
A favor de mi cliente, por violencia familiar , se le dicto una medida perimetral para que el ex no pueda acercarse ni a ella ni a la hija menor (10 años). Esta medida fue decretada en provincia. Jamas hubo contacto con el otro letrado y dudo que lo haya porque los parientes se odian. La tenencia la ejerce la madre.
Mis dudas son, ya que no ejerzo el fuero y jamas fui a una audiencia de este estilo:

1-La ley de mediacion previa obligatoria ante los consejeros de familia rige solo para provincia, me equivoco? Si no es asi, entonces la otra parte acudio a un mediador privado?
2- En esa audiencia es probable que la otra parte lleve las condiciones con las cuales quiere arreglar, y yo debiera hacer lo mismo?
3- En el caso que no pueda asistir, existe una segunda audiencia como en provincia?
4- No tienen bienes en comun, como quedaria el acuerdo de divorcio entonces?
5- En los alimentos, si la menor convive con la madre, para que querra comprometerse a pagar el padre si jamas se los paso y tampoco nunca se los reclamo la madre?

Gracias.