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  • mandamiento de embargo ley 22172

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 #980334  por jseeck
 
Estimados, trabajo con un abogado de Chaco quien me mando un "Mandamiento de embargo y citación de venta Ley 22.172" para diligenciar en la Oficina de Mandamientos de la Matanza. En dicha Oficina me lo devuelven por el Art. 141 (Acuerdo 3397/08) (Extraña jurisdicción. Las Oficinas y Delegaciones de Mandamientos y Notificaciones y los Juzgados de Paz recibirán y/o diligenciarán, según su competencia, las cédulas y mandamientos librados conforme la Ley 22.172 -ratificada por el Decreto Ley 9618/80-, cuando se trate de practicar notificaciones, citaciones, intimaciones o medidas cautelares que no requieran para su efectivización el uso de la fuerza pública, debiendo surgir del texto del instrumento el carácter de cautelar de la medida ordenada. Las normas del lugar donde deba practicarse la diligencia regirán su trámite, salvo que el exhortante determine expresamente la forma de practicarla, con transcripción de la norma legal en que se funde)
Cuando hablo con la diligenciadora me dice que el mandamiento es de embargo y ellos sólo diligencian intimaciones de pago, y que esto lo debo tramitar vía oficio por el Juzgado donde tramita la causa.
El tema es que en Chaco la intimación de pago esta acompañada del embargo y la medida fue ordenada por el Juez de Chaco para ser diligenciada como mandamiento Ley 22.172 y creo que no hay otra forma de hacerlo!
Ustedes que me aconsejan? que vaya a la Oficina de La Matanza y trate de que lo diligencien igual? Alguien me puede ayudar en como proceder?
Gracias!
 #980544  por Squonk
 
Como sabrás el juez de Chaco no tiene jurisdicción sobre la fuerza pública bonaerense, asi que el embargo no puede hacerse.
El juez de Chaco tendría que remitir un oficio ley 22.172 dirigido a un juez de La Matanza para que este ordene el embargo con el auxilio de la fuerza pública.