estimados colegas: tengo dudas en esta causa sobre usurpacion que le inicie a un cliente.
En la misma solicitaba la medida cautelar de restitucion de inmueble a mi cliente.
El problema radica que mi cliente compro por boleto de c y v en el año 1998 sin firmas certificadas por lo que adquirio fecha cierta al presentarse al expediente.
Dicha propiedad fue usurpada.
Ahora bien hoy me notificaron que no hacen lugar a la medida cautelar solicitada porque no se encuentran acreditados los extremos. (esto va por incidente)
Mis preguntas: puedo apelar la resolucion del juzgado de garantias que deniega la medida cautelar? ademas teniendo en cuenta que no ha citado al denunciado a tenor del art. 308 del C.P.P
en el expte ppal solicito que se lo cite al denunciado por el art. 308??
gracias a todos por sus consejos, me son de mucha utilidad
En la misma solicitaba la medida cautelar de restitucion de inmueble a mi cliente.
El problema radica que mi cliente compro por boleto de c y v en el año 1998 sin firmas certificadas por lo que adquirio fecha cierta al presentarse al expediente.
Dicha propiedad fue usurpada.
Ahora bien hoy me notificaron que no hacen lugar a la medida cautelar solicitada porque no se encuentran acreditados los extremos. (esto va por incidente)
Mis preguntas: puedo apelar la resolucion del juzgado de garantias que deniega la medida cautelar? ademas teniendo en cuenta que no ha citado al denunciado a tenor del art. 308 del C.P.P
en el expte ppal solicito que se lo cite al denunciado por el art. 308??
gracias a todos por sus consejos, me son de mucha utilidad