Estimados colegas, mi consulta es la siguiente a ver que opinan: Un acuerdo de pago realizado en un mediación en provincia respecto a una deuda plasmada en un pagaré y después no cumplida, como lo ejecuto en sede judicial? Conserva el carácter de juicio ejecutivo o se pierde y tengo que ejecutar el incumplimiento del acuerdo? Si a alguien le pasó le agradecería su comentario. Gracias.-
LANAS escribió:Estimados colegas, mi consulta es la siguiente a ver que opinan: Un acuerdo de pago realizado en un mediación en provincia respecto a una deuda plasmada en un pagaré y después no cumplida, como lo ejecuto en sede judicial? Conserva el carácter de juicio ejecutivo o se pierde y tengo que ejecutar el incumplimiento del acuerdo? Si a alguien le pasó le agradecería su comentario. Gracias.-Por la via ejecutiva va a ir muchisimo mas rapido que por la via civil del incumplimiento contractual,hablo con conociento de causa.
