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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #980662  por BureauCanning
 
Estimados, consulto para saber si es correcto que una ART (Asociart) liquide una indemnizacion por un accidente de Mayo 2012, en base al calculo anterior a la nueva ley 26773 promulgada en Octubre 2012 ? O sea, la indemnizacion no seria bajo los nuevos montos de indemnizacion porque el accidente fue anterior, aun cuando recien ahora le hayan dado el % de incapacidad y vaya a cobrar en breve ?
De ser asi, entonces si se puede reclamar todas las diferencias por accion civil?
Les agradeceria una pronta respuesta. Saludos y gracias.
 #980666  por ebarreyro
 
En derecho, pocas cosas son blancas o negras, más con los legisladores que tenemos. He ahí nuestra labor.
 #980672  por LAUBOG
 
BureauCanning escribió:Estimados, consulto para saber si es correcto que una ART (Asociart) liquide una indemnizacion por un accidente de Mayo 2012, en base al calculo anterior a la nueva ley 26773 promulgada en Octubre 2012 ? O sea, la indemnizacion no seria bajo los nuevos montos de indemnizacion porque el accidente fue anterior, aun cuando recien ahora le hayan dado el % de incapacidad y vaya a cobrar en breve ?
De ser asi, entonces si se puede reclamar todas las diferencias por accion civil?
Les agradeceria una pronta respuesta. Saludos y gracias.

Colega: que tu cliente agarre lo que la ART le pague, y dsps lo tomás como un pago a cuenta. Aunque el accidente laboral haya sido anterior a la nueva ley, como aún no ha sido reparado se le aplica, pero para lograrlo tenés que hacer el pertinente planteo de inconstituicionalidad. Por otro lado, respecto de la "acción civil" también tenés que hacer el planteo de la inconstituicionalidad porq los tribunales para entender cualquier contingencia de caracter laboral son los laborales. También tenés q plantear la inconstituicionalidad de las CM. Y fundamental, que un medico legista establezca el % REAL de la incapacidad. Una vez que tenés este informe, haces la demanda con las inconstituicionalidades pertinentes y a juicio. Previo SeCLO.

Espero que te sirva.
 #980679  por ebarreyro
 
En realidad, no parece necesario el pedido de inconstitucionalidad para las nuevas indemnizaciones.
 #980683  por BureauCanning
 
Colega: que tu cliente agarre lo que la ART le pague, y dsps lo tomás como un pago a cuenta. Aunque el accidente laboral haya sido anterior a la nueva ley, como aún no ha sido reparado se le aplica, pero para lograrlo tenés que hacer el pertinente planteo de inconstituicionalidad. Por otro lado, respecto de la "acción civil" también tenés que hacer el planteo de la inconstituicionalidad porq los tribunales para entender cualquier contingencia de caracter laboral son los laborales. También tenés q plantear la inconstituicionalidad de las CM. Y fundamental, que un medico legista establezca el % REAL de la incapacidad. Una vez que tenés este informe, haces la demanda con las inconstituicionalidades pertinentes y a juicio. Previo SeCLO.

Espero que te sirva.

Muchas Gracias. Sirve, ya que estaba yo opino igual; que cobre esto que le ofrecen y luego hacer todos los planteos previo seclo.
Gracias y saludos