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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #980203  por lardo_11
 
Hola queridos foristas, tengo la siguiente duda: mi cliente envío telegrama intimando 48 hs pago de sac adeudados, que denuncie ART y por otro lado intimo plazo de 30 días registre relación laboral (esta totalmente en negro) asimismo agrego en el telegrama que "la falta de cumplimiento de su parte de la totalidad de los requerimientos efectuados me considerare injuriado y despedido por causa imputable a Ud".
Ya pasaron 7 días y si bien el telegrama fue recepcionado por el empleador, todavía no fue contestado.
Mi duda es, envío un nuevo telegrama dándose por despedido por su exclusiva culpa?? gracias.
 #980285  por andresxeneizes
 
yo entiendo que para reconocer la relacion laboral tiene 2 dias, despues obviamente tiene 30 para regularizar todo, pero sino dijo que va a ser su voluntad regularizar la relacion laboral entiendo que es suficiente causa de despido.
tambien tenemos el tema de la deuda del sac, yo entiendo que los salarios adeudados tambien son suficiente causa de despido.
el tipo sigue yendo a laburar?
 #980556  por Herno
 
Hola, en cuanto a la regularización de la relación laboral, si vos le otorgaste 30 días para hacerlo, por que tendría menos que eso?
- Si no te responde y vos le otorgaste ese plazo, deberías esperarlo si tu objetivo es darte por despedida por esa causal.
- Si te responde y te niega la relación laboral, podrías darte por despedida.

Saludos
 #980620  por Supertramp
 
Coincido con Heno, mejor esperá porque vos le diste el plazo de 30 días. Además de los 30 días para que registre la relación, tendrías que haber intimado para que en 48 hs. manifieste si la va a registrar o no (a la relación) y ahí sí podrías haberlo dado por despedido si no te contestaba en dos días. Saludos.
 #980661  por lardo_11
 
Con relación al plazo de 30 días le agregue:
Hágale saber que deberá dar respuesta sobre el procedimiento a seguir en relación al presente requerimiento, bajo apercibimiento en caso de silencio por más de dos día hábiles de entender negativa de su parte (art. 57 L.C.T.).
La duda es si será suficiente para considerarse injuriado. Saludos.
 #980731  por LAUBOG
 
Si solo intimaste por la 24013, tenés que esperar los 30 días. Pero según lo que contas le diste 48 hs para que pague los sac adeudados... para mí ya tenés el distracto listo.