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  • URG - Reapertura del SECLO

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #980459  por OscarF
 
Estimados, es un tema sencillo espero puedan ayudarme. Un trabajador cerró un SECLO sin acuerdo a fin de diciembre de 2012 (en Ciudad de Buenos Aires), donde los requeridos eran una SA y sus cuatro socios. Tuvo diferencias con su letrado y decidio no seguir trabajando con el, por lo tanto el trabajador tiene el original del acta de cierre del SECLO sin acuerdo. El abogado del trabajador no le ha reclamado honorarios por su participacion en las audiencias, tampoco es quien ha pedido la primera audiencia al SECLO, ya que anteriormente el trabajador tenia otro abogado, que fue quien hizo el intercambio telegrafico y pidio la primera audiencia al SECLO.

Recientemente, el trabajador (sin la intervencion de ningun letrado) retomó las conversaciones con sus ex empleadores y han arribado a un acuerdo en cuanto a la suma de dinero a percibir por el empleado, lo que permitirá evitar que se interponga una demanda, con los consiguientes beneficios para ambas partes. Mis consultas son:

1. ¿De que modos es posible instrumentar este acuerdo? ¿Hay que acudir al conciliador que cerró el SECLO anterior donde no hubo acuerdo y pedirle que haga un tramite de reapertura en el SECLO? Si es así, ¿cuanto demora ese trámite de reapertura? ¿Y cuanto tarda el Ministerio de Trabajo en homologar un acuerdo de este tipo?

2. ¿Hay alguna otra manera de instrumentar el acuerdo, que permita a las partes el ahorro de honorarios de abogados (ej. por instrumento privado entre las partes sin homologacion del Ministerio de Trabajo)? Lo cierto es que, como les decia, en este caso el acuerdo se logra sin intervencion de letrados de ninguna de las partes, con lo cual es un desproposito erogar cuantiosas sumas que no remuneran una labor profesional. Espero no tomen a mal esta consulta.

3. ¿Puede el trabajador presentarse con un nuevo abogado ante el conciliador que cerró el SECLO anterior?

4. Si puede presentarse con un nuevo abogado, ¿podría convenir honorarios en una suma fija inferior al 10% del acuerdo? Lo cierto es que la participacion de este abogado se limitaria a poner una firma y nada mas. Espero no tomen a mal esta consulta.

Desde ya, les agradezco muchisimo sus prontas respuestas.

Oscar
 #980569  por andresxeneizes
 
1. ¿De que modos es posible instrumentar este acuerdo? ¿Hay que acudir al conciliador que cerró el SECLO anterior donde no hubo acuerdo y pedirle que haga un tramite de reapertura en el SECLO? Si es así, ¿cuanto demora ese trámite de reapertura? ¿Y cuanto tarda el Ministerio de Trabajo en homologar un acuerdo de este tipo?
eso hablalo con el conciliador, el te va a decir si puede pedir hacer el acuerdo o no, en el peor de los casos que se no pueda, lo que pueden hacer es hacer una demanda sortearla y al dia siguiente de que la sortean ir al juzgado a firmar el acuerdo
2. ¿Hay alguna otra manera de instrumentar el acuerdo, que permita a las partes el ahorro de honorarios de abogados (ej. por instrumento privado entre las partes sin homologacion del Ministerio de Trabajo)? Lo cierto es que, como les decia, en este caso el acuerdo se logra sin intervencion de letrados de ninguna de las partes, con lo cual es un desproposito erogar cuantiosas sumas que no remuneran una labor profesional. Espero no tomen a mal esta consulta.
por instrumento privado imposible, sino es ante seclo el trabajador puede volver a reclamar las sumas.
ademas el actor va a necesitar de un abogado si o si para firmar el acuerdo con el mediador.
3. ¿Puede el trabajador presentarse con un nuevo abogado ante el conciliador que cerró el SECLO anterior?
si
4. Si puede presentarse con un nuevo abogado, ¿podría convenir honorarios en una suma fija inferior al 10% del acuerdo? Lo cierto es que la participacion de este abogado se limitaria a poner una firma y nada mas. Espero no tomen a mal esta consulta.

si
 #980829  por gaby1973
 
Me ha pasado de pedir reaperturas de audiencias ante el SECLO sin problemas...te comunicas con el conciliador y en base a datos que te solicita como número de reclamo, fecha de cierre, te debería fijar nueva fecha....
 #980837  por OscarF
 
Gracias Andres por tus respuestas. Tengo otra inquietud vinculada con este tema.

El conciliador en su momento me dijo que podria reabrir el SECLO si existia un acuerdo. El problema se plantea con los plazos que demandaria la homologacion del acuerdo (10 a 12 dias habiles segun me dijo en abril el conciliador), basicamente debido al contexto de gran volatilidad e incertidumbre que sufre la economia del pais. El trabajador quiere cobrar en el mismo acto de la firma del acuerdo, porque necesita transformar el dinero inmediatamente a dolares y no puede arriesgarse a cobrar despues de la homologacion y perder dinero. El empleador quiere pagar luego de la homologacion. ¿Como puede resolverse esto? ¿ Se les ocurre algo como para presionar al empleador para que pague en el acto de la firma del acuerdo?

Alternativa que se me ocurre, diganme x favor sus opiniones y experiencias:
1. ¿Es posible firmar un acuerdo fijando un monto en dolares pagadero en dolares billete al momento de la homologacion? De todos modos, esto no me deja tan tranquilo, en el sentido de que el empleador luego desconozca la obligacion de pago en dolares y pretenda pagar en pesos al cambio oficial (por lo cual colocaria una clausula que diga que el tipo de cambio del peso se establece segun la cotizacion de Nueva York o Montevideo).
2. Suponiendo que el empleador accediera a pagar en el mismo acto de la firma del acuerdo (lo cual veo muy dificil), si el texto del acuerdo dice que se esta pagando en el acto de la firma ¿el Ministerio puede no homologarlo por algun motivo?

Desde ya les agradezco enormemente sus prontas respuestas.
 #980844  por andresxeneizes
 
viendolo desde el punto de vista del empleador todas las opciones por mas buenas que sean le hacen afrontar un riesgo innecesario al empleador ya que el que paga mal paga dos veces.
en todo caso lo mejor para solucionar el tema me pareceria que el empledor podria ir y mañana convertir los pesos en dolares, y cuando van a la audiencia de pago le da billetes verdes, pero en el acta obviamente hacen figurar que pago pesos (no podemos decir que pago dolares con la presion que existe de la afip, van a empezar a preguntar de donde los saco y cosas asi)
 #980868  por OscarF
 
Gracias andres.

Lo que pasa es que me toca estar del lado del trabajador y es a quien pretendo resguardar. Me queda claro lo que decis, pero no me resuelve.

Por otro lado acabo de leer lo siguiente, de lo cual me entero ahora: "En caso de llegar a un acuerdo y que este sea incumplido por el empleador, el acuerdo es ejecutable en la justicia del trabajo. La ejecución se circunscribe al monto del acuerdo conciliado y no al monto del reclamo original." Por favor confirmenme si esta afirmacion es verdadera o falsa. Me parece una locura que si un empleador no paga el importe de un acuerdo el juicio tenga que ser por ese valor y no por el total que al trabajador le hubiera correspondido, seria el super negocio para los empleadores firmar acuerdos y no pagarlos y asi evitarse juicios por mucha mas plata.

Disculpas por mis preguntas tan basicas pero tengo muy poca experiencia en esto
 #980882  por andresxeneizes
 
OscarF escribió:Gracias andres.

Lo que pasa es que me toca estar del lado del trabajador y es a quien pretendo resguardar. Me queda claro lo que decis, pero no me resuelve.
pero el empleador no tiene otra, y con toda la razon no puede hacer mas que ir y pagar via seclo con acuerdo homologado, te anticipo que si van con esa postura los de la empresa tienen razon, hay que esperar la homologacion.
la espera de 10 dias de la homologacion obviamente no es culpa del empleador, es asi el sistema del seclo, si el cliente pretende cambiarlo hay que decirle que el congreso queda en rivadavia y entre rios.
despues como te digo, si hay buena onda entre las partes, el empleador podria comprar los dolares y pagar en verde, por mas que el acuerdo diga que se paga con roca
el tema que no contemplas, es que si la empresa dice pago contra homologacion y el trabajador no acepta la otra opcion que tiene es ir a juicio.
OscarF escribió: Por otro lado acabo de leer lo siguiente, de lo cual me entero ahora: "En caso de llegar a un acuerdo y que este sea incumplido por el empleador, el acuerdo es ejecutable en la justicia del trabajo. La ejecución se circunscribe al monto del acuerdo conciliado y no al monto del reclamo original." Por favor confirmenme si esta afirmacion es verdadera o falsa. Me parece una locura que si un empleador no paga el importe de un acuerdo el juicio tenga que ser por ese valor y no por el total que al trabajador le hubiera correspondido, seria el super negocio para los empleadores firmar acuerdos y no pagarlos y asi evitarse juicios por mucha mas plata.

Disculpas por mis preguntas tan basicas pero tengo muy poca experiencia en esto
si es asi, el acuerdo es asimilable a la sentencia.
en la practica no es ningun negocio no pagar los acuerdos, le piden la quiebra a la empresa y se acabo el tema, ah y que la empresa no necesite de pedir algun credito con un pedido de quiebra encima porque el veraz te lo hace saltar de una y no le van a dar ni una moneda.
 #980922  por gaby1973
 
Oscar, concuerdo con Andres en su explicación...te contesto por acá por que este es el post al que me enviaste...
saludos