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 #981366  por sonicobcn
 
Hola colegas, queria saber si en prov, depto judicial de la matanza, se puede hacer un divorcio por presentacion conjunta con un solo patrocinio letrado.
Otra pregunta, cuanto estan regulando aprox? tanto si son dos letrados como si es uno solo, es para tener un estimativo que pasarle a mi cos liente.
Saludos y gracias
 #981492  por abogado1987
 
sonicobcn escribió:Hola colegas, queria saber si en prov, depto judicial de la matanza, se puede hacer un divorcio por presentacion conjunta con un solo patrocinio letrado.
Otra pregunta, cuanto estan regulando aprox? tanto si son dos letrados como si es uno solo, es para tener un estimativo que pasarle a mi cos liente.
Saludos y gracias
tené presente
ARTICULO 60°: Sin perjuicio de lo que disponen las leyes generales, está prohibido a los abogados:
1- Patrocinar o asesorar a ambos litigantes en un juicio, simultáneamente o sucesivamente, o aceptar la defensa de una parte, si ya hubiere asesorado a la otra.
2- Patrocinar y representar individual y simultáneamente a partes contrarias, los abogados asociados entre sí. …
LEY 5177
Texto Ordenado por Decreto 2885/01 con las modificaciones introducidas por la Ley 13419.-
 #981625  por sonicobcn
 
abogado1987 escribió:
sonicobcn escribió:Hola colegas, queria saber si en prov, depto judicial de la matanza, se puede hacer un divorcio por presentacion conjunta con un solo patrocinio letrado.
Otra pregunta, cuanto estan regulando aprox? tanto si son dos letrados como si es uno solo, es para tener un estimativo que pasarle a mi cos liente.
Saludos y gracias
tené presente
ARTICULO 60°: Sin perjuicio de lo que disponen las leyes generales, está prohibido a los abogados:
1- Patrocinar o asesorar a ambos litigantes en un juicio, simultáneamente o sucesivamente, o aceptar la defensa de una parte, si ya hubiere asesorado a la otra.
2- Patrocinar y representar individual y simultáneamente a partes contrarias, los abogados asociados entre sí. …
LEY 5177
Texto Ordenado por Decreto 2885/01 con las modificaciones introducidas por la Ley 13419.-
Muchas gracias por tu respuesta
 #981759  por abogado1987
 
sonicobcn escribió:
abogado1987 escribió:
sonicobcn escribió:Hola colegas, queria saber si en prov, depto judicial de la matanza, se puede hacer un divorcio por presentacion conjunta con un solo patrocinio letrado.
Otra pregunta, cuanto estan regulando aprox? tanto si son dos letrados como si es uno solo, es para tener un estimativo que pasarle a mi cos liente.
Saludos y gracias
tené presente
ARTICULO 60°: Sin perjuicio de lo que disponen las leyes generales, está prohibido a los abogados:
1- Patrocinar o asesorar a ambos litigantes en un juicio, simultáneamente o sucesivamente, o aceptar la defensa de una parte, si ya hubiere asesorado a la otra.
2- Patrocinar y representar individual y simultáneamente a partes contrarias, los abogados asociados entre sí. …
LEY 5177
Texto Ordenado por Decreto 2885/01 con las modificaciones introducidas por la Ley 13419.-
Muchas gracias por tu respuesta
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 #982209  por TORDO
 
El unico caso en que un letrado puede patrocinar a ambas partes es en un divorcio por presentación conjunta.- la regulación esta entre 4000 y 5000 por cada parte, unos 8000 a 10.000 pesos, no esta mal para un tramite rapido y sencillo, denuncia que estan separados hace mas de tres años, y la mayoria de los juzgado, el tramite entra por mesa de entradas y sale por el mismo lado.- sin trabajar.- suerte