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  • DIVORCIO FONDO DE COMERCIO

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #975934  por marcossargento
 
Buenas tardes, le escribo para ver si me pueden ayudar en un caso que me llego, el tema es el siguiente, mi cliente se quiere divorciar de su conyuge, con la cual no vivo hace 8 años, por lo que la idea es presentar un divorcio por causa objetiva. Hablamos con la mujer y no quiere lo que le ofrecimos, pretendia mas, y una cuota alimentaria de la que mi cliente no puede hacerse cargo. Ahora bien, el inmuble que era el hogar conyugal, mi cliente lo dono ( su parte) a sus hijos, ni bien se fue de la casa, quedandose a vivir en ella la mujer, y sus dos hijos (ellos ya son grandes casi de treinta ambos). Un auto que el compro con su dinero puso a nombre de su hija, asi que tampoco tiene nada que hacer con eso. Es decir no hay ningun bien de la sociedad conyugal, solo el fondo de comercio. El fondo de comercio, es un negocio que vende ropas y que mi cliente siempre llevo adelante, lo inicio estando casado ya. El tema es que como es el unico bien del cual la mujer puede pretender, porque como dije NO HAY OTROS BIENES. Mi idea inicial es hacer la transferencia del fondo de comercio a una persona de confianza de mi cliente, para que el siga llevando adelante el comercio y una vez dictada la sentencia de divorcio vuelva a su titularidad. LA PREGUNTA ES: Cuales son las contras de esta transferencia? como podia yo protegerme para una eventual accion de simulacion? hay otra alternativa para no llegar a hacer la transferencia y que mi cliente pueda conservar la totalidad de ese fondo?? Por favor cualquier idea es bienvenida, desde ya muchas gracias
 #981437  por abogadamdq
 
Hola, si tu cliente es titular del fondo de comercio y lo administra, debe rendir cuentas a su esposa, ella podría iniciarle una rendición de cuentas.
El podría solicitar apertura de cuenta judicial, rendir cuentas, y depositar en autos la parte que le corresponde a la mujer, hasta que se produzca la liquidación de la sociedad conyugal.
Si tu cliente transfiere el fondo de comercio a un tercero, en fraude a los derechos gananciales de su esposa, en caso que ella inicie una simulación y consiga acreditar por prueba indirecta por indicios que por ejemplo que el amigo de tu cliente o persona de confianza de tu cliente no tiene la capacidad económica para adquirir el fondo de comercio, que el fondo de comercio lo sigue administrando tu cliente y no el que lo adquirió, que las ganancias provenientes del fondo de comercio van a parar a tu cliente y no al comprador del fondo de comercio, que el comprador se trata de una persona de confianza o es amigo o es cercano a tu cliente, que la venta del fondo de comercio se hizo luego de la sentencia de divorcio, o durante la tramitación del mismo, etc., la venta del fondo de comercio será nula.
Quedaría evaluar la posibilidad que tu cliente proponga a su esposa el comprar la parte de ella del fondo de comercio, comprarle su 50% ganancial en el marco de una liquidación de sociedad conyugal. Otra que el amigo de tu cliente compre la parte ganancial de la esposa pero no por afuera, sino en el marco de la liquidación de la sociedad conyugal, y si ella acepta, liquidada la sociedad conyugal, si con posterioridad el amigo de tu cliente le quiere vender su parte a tu cliente, entiendo que la Sra., no podría alegar simulación y / o fraude, más aún si el traspaso del amigo de tu cliente a tu cliente lo hicieran pasados unos 6 por ejemplo, y la venta a tu cliente se hiciera luego de liquidada la sociedad conyugal.