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  • ejecución de honorarios laboral ("trabajador" gark)

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #970935  por abogalo
 
Hola Colegas vi que hay varios temas parecidos al que voy a plantear pero no me despejan todas las dudas que tengo! En virtud de eso, hago el raconto y la pregunta esperando tener suerte...
Juicio laboral en La Plata, hago convenio de honorarios por el 20 % era un caso medio complicado, mi cliente ya habia rebotado con otros abogados que no le quisieron agarrar el caso antes de care a mi estudio. Se terminó arreglando. Lo acompañe a buscar el giro fuimos al banco y no pudo cobrar por DNI en mal estado en diciembre del 2012, le dije avisame cuando tengas el nuevo DNI y se fue, el tipo nunca me avisó nada y cobro en enero, como ya tenia el giro no me necesitó para nada, ahora se mandó a mudar y vive en Laprida... El convenio nunca lo denuncié. ¿Puedo denunciarlo ahora e intentar ejecutarlo?
¿que otras opciones o posibilidades ven ustedes para poder ejecutar el convenio? Desde ya muchas gracias, aunque no tengan las postas se aceptan expresiones de ideas o alternativas. GRACIASSS!!!!
 #971385  por DrTV
 
Espero que tu cliente tenga alguna solvencia como para que valga la pena, en cuyo caso.
1) Enviá CD al cliente intimando al pago de la suma de dinero que corresponde al convenio de honorarios. Así lo constituis en mora.
2) Si no sabés en definitiva cuanto cobró no podés saber cuanto es lo que podés demandar, es decir que no tenés la base económica para determinar tu 20%, en cuyo caso yo abriría unas medidas preparatorias para determinar el monto a demandar, la cifra; ahí pedís oficio al Banco que te informe cuanto fue lo pagado a tu cliente.
Respondido, determinás el monto a cobrar.
3) Respondido el informe: Juicio abreviado por cobro de pesos, u Ordinario si la cifra supera en cantidad; demandás la suma líquida que te resulta del 20% de lo que informa el banco, pedís intereses desde que se constituyó en mora por CD. Más las costas. Ahí pedís un embargo preventivo sobre lo que le encuentres.

Si sabés que todavía no cobró, un embargo preventivo dirigido al Banco. Explicá la situación, que cobró por el éxito de tu gestión profesional en su beneficio, que los honorarios profesionales son de carácter alimentario bla., el peligro en la demora, y que estás exento de aportes y tasas por tratarse de honorarios profesionales por lo que serán abonadas por el demandado en la etapa de ejecución de sentencia. Suerte.
 #977178  por abogalo
 
Hola DrTv, Ante todo muchas gracias por responder!!! Se perfectamente cuanto cobró, no es mucho pero lo quiero cobrar igual, no se lo quiero regalar porque el tipo me traicionó feo, nunca me fue de frente. Desde antes de cobrar tenia decidido dejarme clavado. El tema es el siguiente, se cuanto cobró (lo que arregló en el juicio con mi patrocinio) y por ende cuanto me debe. Le mando carta documento (suponiendo que pueda encontrar el domicilio) y luego??? descartado el tema de las medidas preliminares atento que se cuanto me debe, inicio juicio por cobro de pesos adjuntando como documental el convenio de honorarios, copia certificada de la sentencia homologatoria y de la CD? no es ejecución de honorarios? Sería como que podes optar por ir por ejecución de honorarios o por cobro sumario de pesos?
La justicia competente deja de ser la laboral por iniciarlo como cobro de pesos? lo has hecho alguna vez? como te fue?? Muchas gracias Dr. Tv
Muchas gracias, si alguien mas puede colaborar o dar su opinión también será benvenido.
 #977559  por Squonk
 
Lamento no coincidir con el Dr. TV.
Si el pacto de cuota litis no está ratificado y homologado, es nulo, y no se puede reclamar ese porcentaje.
Lo que podría hacerse es pedir regulación de honorarios y hacer la ejecución.
 #977747  por GASTONG
 
Yo mandaría carta documento e intentaría ejecutarlo vía juicio laboral que diera origen al crédito. Que se lo cite a ratificar firma y pedir embargo .....no me quedaía de brazos cruzados.
Se la sigo a muerte !!!
 #977793  por Squonk
 
GASTONG escribió:Yo mandaría carta documento e intentaría ejecutarlo vía juicio laboral que diera origen al crédito. Que se lo cite a ratificar firma y pedir embargo .....no me quedaía de brazos cruzados.
Se la sigo a muerte !!!
El pacto de cuota litis no se puede ratificar ni homologar despues del acuerdo.
El pacto es nulo.
Habría que pedir regulación
 #980498  por isadora
 
Coincido con el D. pacto sin ratificar ni homologar es nulo pero es habitual encontrarnos con este tipo de clintes tengo un caso parecido, vi que algunos colegas comentaron que se puede pedir regulacion ???
como seria puedo pedir regulacion de honorarios al no haber homologado el convenio de honorarios, tengo que invocar alguna causal o alguna jurisprudencia gcias.
 #980650  por isadora
 
gracias por las respuestas pero sigo en duda disculpas!
Es un caso de un cliente GARK como enumeran pero muy GARK.... le lleve el laboral luego de una revocacion con otro abogado que habia comenzado el expte, se practico liquidacion y condeno en costas a la dda, que estaba en quiebra, le inicie el incidente de verificacion en la quiebra a la clienta y luego desaparecio, cambiando de abogado para iniciar uno nuevo???? que hoy tiene sentencia verificatoria a su favor, he tenido que renunciar luego de eso en el laboral, ya que su ex abogado trataba de cobrar lo de la dda vencida y yo no iba a seguir trabajando sin contacto con la cliente me era imposible, en ese caso puedo igual pedir regulacion de honorarios en el laboral ya que el convenio creo despues de sentencia no puedo homologarlo aunque algunos me dijeron de que haga un incidente de homologacion de convenio que la verdad nunca hice, alguno de ustedes ha tenido algun tema parecido como para comentarme su experiencia gcias, la verdad quiero cobrar mi trabajo de varios años, y sobre todo cuando esta por cobrarlo en la verificacion que ha cambiado de colega??? mil gcias
 #980688  por Squonk
 
Podés pedir regulación si es que no te regularon con cuando se dictó sentencia y podés embargar sobre el crédito verificado.
Respecto a lo demás, después de la sentencia no te van homologar ningún pacto de cuota litis y menos si no fue ratificado.
 #981470  por abogalo
 
Supongo que me dicen que pida regulacion porque no saben que en la homologacion del convenio los honorarios fueron a cargo de la empleadora... la cual me los abonó, lo único que falta cobrar es el 20% pactado con mi cliente, mas al horno que antes!! solo me queda pasarlo por arriba con el auto cuando lo vea...