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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #982384  por lmrb
 
Hola, estoy dando mis primeros pasos en la profesión y necesito ayuda con un caso. Vino a verme una mujer (empleadora), con un telegrama que le había mandado una empleada diciendo:
"Ante falta de pago de los sueldos correspondientes a los meses de mayo y junio de 2013, diferencia salarial del mes de abril de 2013 por la suma de $1500, todo indebidamente retenido, la emplazo en el término de 48hs a cancelar dichos rubros bajo apercibimiento de considerarme despedida por su exclusiva culpa. Hasta tanto cumpla con lo reclamado haré retención del débito laboral."

Cómo la voluntad de mi cliente era abonarle lo reclamado, a eso le contestamos (una semana después): "Acuso recibo de su TCLCD Nº.................. Por la presente le comunico que el salario de mayo y junio del 2013, como así también la diferencia del mes de abril que reclama se encuentran a su disposición en su lugar habitual de trabajo, por tal motivo la emplazo 48hs de recepcionada la presente, presentarse a percibir los mencionados montos debiendo inmediatamente después de cobrados los mismos reanudar las prestaciones de labores habituales. Queda usted debidamente notificada.

La respuesta fue: "Rechazo por improcedente y extemporáneos términos de su CDN°............ de fecha ............ Ratifico en todos sus términos mi CDN° ....... de fecha ...... donde me considero despedida por su exclusiva culpa.-

Mi pregunta es: Que debería responder en el siguiente telegrama ley? Ya que a su pedido se le hizo lugar y luego lo rechazó. O cuál sería el paso correcto a seguir. Muchas gracias!

Martín
 #982390  por TORDO
 
Rechazale la TCL, por incorrecta, (mendaz, improcedente etc), ratificale que lo debido esta a su disposición, intimandola a percibir dichas sumas bajo apercibimiento de consignarselo judicialmente. Asimismo le rechaza el despido indirecto, por fundarse en causa falsa, y sin justificación, manifestando que siendo exacto su reclamo en tiempo y forma se le notifico que pase inmediatamente a cobrar lo debido, negas que tu CD haya sido extemporanea, le haces sabes que su actitud denota un animo rupturista, de mala fe, ya que si lo que desea es romper el vinculo lo correcto es que renuncie, y la intimas para que en el plazo de 24 Hs se presente a trabajar bajo apercibimiento de considerarla incursa en abanono de trabajo.-

suerte