Buenas tardes colegas.
Les hago una consulta. Tengo que iniciar un juicio de alimentos en Capital. Mi clienta es la madre de 2 menores.
Ya se hizo mediación a la cual el requerido no asisitió y cerramos el acta.
Ahora bien, me conviene iniciar sólo el Alimentos y la Tenencia? Supongo que el Reg. de Visitas sería prudente que lo haga el padre, no?
Leí en otros post que debo iniciar primero la Tenencia... pero no se puede peticionar todo en un mismo escrito? es decir, iniciar alimentos y tenencia todo junto. Sobre todo porque la tenencia la tiene la madre de hecho y lo esencial sería fijar la cuota alimentaria para la manutención de los niños ya que el padre no está pasandoles ni un centavo.
Me surge la duda también de cómo acreditar en las causas el Acta de mediación y/o los originales de las partidas, etc.
a) ¿Inicio primero la Tenencia y acredito original del Acta de Mediación y documental ahí y ya me lo computan para las otras causas o cómo hago?
O bien debo presentarlo de a uno a la vez? es decir, por ej. presento la Tenencia con el Acta y luego pido certificacion y desglose del original para iniciar Alimentos...
b) Y si conjuntamente inicio un BLSG... ¿cómo procedo en ese supuesto?
Otra pregunta: si bajo la presión de iniciar las acciones legales, la otra parte accede a acordar en forma privada la cuota y el resto de los tópicos... debo notificarle a la mediadora, no? En ese caso, el alimentante deberá abonar los honorarios que le correspondan a la mediadora (ya que no se iniciará acción judicial) establecidos por el Dcto. 1467/11. Estoy en lo correcto?
O conviene reabrir la mediación y que acuerden por ese medio y directamente abone allí los honorarios?
Desde ya muchas gracias por cualquier colaboración
Les hago una consulta. Tengo que iniciar un juicio de alimentos en Capital. Mi clienta es la madre de 2 menores.
Ya se hizo mediación a la cual el requerido no asisitió y cerramos el acta.
Ahora bien, me conviene iniciar sólo el Alimentos y la Tenencia? Supongo que el Reg. de Visitas sería prudente que lo haga el padre, no?
Leí en otros post que debo iniciar primero la Tenencia... pero no se puede peticionar todo en un mismo escrito? es decir, iniciar alimentos y tenencia todo junto. Sobre todo porque la tenencia la tiene la madre de hecho y lo esencial sería fijar la cuota alimentaria para la manutención de los niños ya que el padre no está pasandoles ni un centavo.
Me surge la duda también de cómo acreditar en las causas el Acta de mediación y/o los originales de las partidas, etc.
a) ¿Inicio primero la Tenencia y acredito original del Acta de Mediación y documental ahí y ya me lo computan para las otras causas o cómo hago?
O bien debo presentarlo de a uno a la vez? es decir, por ej. presento la Tenencia con el Acta y luego pido certificacion y desglose del original para iniciar Alimentos...
b) Y si conjuntamente inicio un BLSG... ¿cómo procedo en ese supuesto?
Otra pregunta: si bajo la presión de iniciar las acciones legales, la otra parte accede a acordar en forma privada la cuota y el resto de los tópicos... debo notificarle a la mediadora, no? En ese caso, el alimentante deberá abonar los honorarios que le correspondan a la mediadora (ya que no se iniciará acción judicial) establecidos por el Dcto. 1467/11. Estoy en lo correcto?
O conviene reabrir la mediación y que acuerden por ese medio y directamente abone allí los honorarios?
Desde ya muchas gracias por cualquier colaboración
